20 de May de 2024
Edición 6969 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/05/2024

Código con perspectiva de género

La Cámara de Diputados emitió dictamen favorable para la modificación del Artículo 34 del Código Penal que busca incorporar el contexto de violencia de género en el segundo párrafo del inciso 6°. 

En conmemoración de un nuevo aniversario de Ni Una Menos, un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación emitió, por unanimidad, dictamen que busca modificar el artículo 34 del Código Penal para incorporar la perspectiva de género en la regulación de la legítima defensa como eximente de la responsabilidad penal.

El proyecto de Ley plantea incorporar el contexto de violencia de género en el segundo párrafo del inciso 6° del artículo 34 del Código Penal, y establecerá que se actuó en defensa propia o de sus derechos cuando exista una agresión ilegítima; necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; y falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Si se aprueba, se agregará la figura de Legítima Defensa Privilegiada y las situaciones de violencia de género intrafamiliar pasarán a estar comprendidas entre las variables de las situaciones de legítima defensa que contempla el Código Penal.

“Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia y respecto de las conductas para impedir agresiones físicas en un contexto de violencia de género en el ámbito intrafamiliar, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor”, se detalla.

El dictamen fue elaborado por las comisiones de Legislación Penal y de Mujeres de la cámara baja, a cargo Carolina Gaillard y Mónica Macha respectivamente, y se tomaron como ejemplos varios fallos judiciales donde se utilizó la perspectiva de género para aplicar el instituto de la legítima defensa privilegiada como un atenuante al momento de considerar la pena.

"Este proyecto viene a reconocer algo que la jurisprudencia ya viene reconociendo, el Poder Judicial ha avanzado rápidamente, tenemos varios casos que han utilizado la perspectiva de género al momento de considerar la pena a quien la ejerce", explicaron.

 

 

 

 

 

 


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