17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Reforma del Consejo de la Magistratura: llegó la hora de la Corte Suprema

El procurador general, Esteban Righi, avaló la reforma. Dijo que las críticas del amparo interpuesto por la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA) no exhiben la incompatibilidad manifiesta e inconciliable con la Ley Fundamental. Además, calificó de conjetura que la mayoría política bloqueará las decisiones. La AABA ratificó que acudirá a tribunales internacionales. Ahora debe decidir la Corte Suprema. TEXTO COMPLETO

 
A 12 días de la asunción de los nuevos integrantes del Consejo de la Magistratura, el procurador general de la Nación, Esteban Righi, avaló la polémica reforma al cuerpo en el amparo que presentó la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA) para que la Ley 26.080 sea declarada inconstitucional. Así, la Corte Suprema de Justicia de la Nación quedó habilitada para tratar el tema. En su dictamen de este lunes, Righi señaló que la Justicia no puede ejercer funciones de otros poderes y que la norma discutida "no exhibe(n) la incompatibilidad manifiesta e inconciliable" con la Constitución Nacional.

La Ley 26.080 redujo los actuales 20 miembros del Consejo a 13, de los cuales siete serán de la representación política (tres senadores, tres diputados y un representante del Poder Ejecutivo). El cuerpo lo completan dos abogados, tres jueces y un representante de los académicos. Todos los estamentos sufrieron reducciones de representantes; excepto los políticos oficialistas que retienen a todo sus miembros: dos senadores, dos diputados y el representante del Ejecutivo.

Por eso, ONG, Colegios de Abogados y Magistrados y partidos políticos de la oposición rechazaron la reforma y la calificaron de inconstitucional ya que otorga un predominio absoluto. Entre otras acciones que se iniciaron en la Justicia, la AABA presentó el 9 de marzo un amparo por considerar que la ley viola el artículo de la Constitución Nacional que pide integrar el Consejo con equilibrio entre sus miembros. Pero tanto en primera como en segunda instancia, el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo. Y a principio de septiembre el caso llegó a la Corte.

Luego del dictamen del Procurador, el máximo tribunal quedó habilitado para resolver el caso. La hará a poco más de una semana que entre en vigencia la ley, el próximo 17 de noviembre.

En su dictamen Righi (haciendo uso de mucha jurisprudencia de la Corte) recordó que "la misión más delicada de la justicia es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes". Ya agregó que "la invalidez constitucional de una norma sólo puede ser declarada cuando la violación de aquélla sea de tal entidad que justifique la abrogación, en desmedro de la seguridad jurídica".

En ese marco, afirmó que "la aplicación de tales pautas hermenéuticas al caso bajo examen permite concluir en que las disposiciones legales que la actora ataca no exhiben la incompatibilidad manifiesta e inconciliable con la Ley Fundamental que se requiere para obtener su descalificación constitucional, ni aquélla ha logrado demostrar, con el rigor que se exige en estos casos, que padecen de la tacha que le endilga".

El Procurador General entendió que "el art. 114 de la Constitución Nacional no define un número determinado de integrantes del Consejo de la Magistratura, sino que impone como mandato al legislador que, al momento de definir su composición, procure el equilibrio" entre los estamentos que conforman el Consejo.

"Desde mi punto de vista, el error está en considerar que todos los consejeros legisladores más el representante del Poder Ejecutivo conformarán un solo bloque que actuará en forma conjunta y en una misma dirección, cuando lo cierto es que la única identidad común de aquellos miembros es -y se acaba- su condición de legisladores, ya que pertenecen a distintos partidos políticos (mayoría y primera minoría en cada una de las cámaras legislativas)", completó Righi.

Sobre el poder de bloque que tendrá la mayoría política, el Procurador señaló que "es, simplemente, una conjetura que, como tal, es claramente insuficiente para privar de validez constitucional a un precepto legal".

La AABA también criticó que la reforma elimina a los abogados como integrantes de la Comisión de Selección. Al respecto Righi dijo: "Cabe señalar que es una facultad constitucionalmente asignada al legislador la de reglamentar el funcionamiento interno del Consejo de la Magistratura y, en tal sentido, aquél puede definir el número de comisiones que lo integrará, así como la composición y competencias de cada una de ellas". Y agregó que las resoluciones de cada Comisión deben ser ratificadas por el plenario del Consejo.

En diálogo con Diariojudicial.com el presidente de la AABA, Horacio Acebedo, ratificó que si la Corte avala la reforma llevarán el caso a los tribunales internacionales. “La idea es pedir una audiencia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como paso previo para llegar a la Corte Interamericana”, le había dicho a este medio el titular de la AABA a principios de septiembre.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486