El Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el reglamento para mediadores que integren el Cuerpo de Abogados Mediadores y Equipo Interdisciplinario. Los detalles de la resolución.
Mediante la Resolución Plenaria 248/2013, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el reglamento que regirá a los mediadores que formen parte del Cuerpo de Abogados Mediadores y Equipo Interdisciplinario.
Este cuerpo, dependiente del Centro de Mediación y Métodos Alternativos de Abordaje y Solución de Conflictos, actualmente se encuentra coordinado por el consejero Daniel Fábregas.
La resolución, firmada durante el último plenario del año pasado del organismo realizado el 20 de diciembre, regula aspectos tales como la "ubicación orgánica e integración, las funciones, los deberes, los principios y garantías del procedimiento de mediación y este último procedimiento".
Según explica la resolución, quienes pretendan formar parte del cuerpo deberán estar habilitados por el Consejo de la Magistratura porteño. Entre los requisitos también se apuntan: tener título de abogado, haber aprobado cursos dictados por el organismo y estar matriculado en el CPACF.
Mientras que quienes formen parte del equipo interdisciplinario deberán poseer título universitario, acreditar formación suficiente en "métodos alternativos de resolución de conflictos" con cursos del organismo, y estar matriculados, "de ser el caso", en el CPACF .
Asimismo, se aclara que "no pueden ser designados" en el cuerpo quienes, entre otras cosas, estén "condenados por delitos dolosos en perjuicio de la Administración Pública" o "estén procesados penalmente por delito doloso".
El cuerpo prestará servicios a los distintos juzgados del Poder Judicial porteño, así como a dependencias del ministerio público de la ciudad. También deberá prestar servicios a "cualquier otro organismo judicial" que el Consejo porteño disponga.