17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Un mal cliente y un peor abogado

La Cámara en lo Contencioso Administrativo ratificó una multa de $19.000 del Colegio Público de Abogados porteño contra un letrado al que se le comprobó haber retenido parte de la indemnización por el rubro daño moral que debía percibir un cliente. El Tribunal detalló que "la personalidad supuestamente difícil" del cliente "no lo exime al profesional de cumplir con sus obligaciones legales y éticas".

Un abogado fue multado por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capita Federal porque se aceditó que el letrado no le entregó a su cliente "el monto total de la liquidación que le fuera reconocida" en concepto de daño moral. El monto del apercibimiento fue de 19 mil pesos

La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción, al tener por cierto en la causa "F.J.P. C/ CPACF" que el letrado percibió el monto total de la liquidación que le fuera reconocida a su representado en concepto de daño moral en una causa por daños y perjuicios que se le ocasionaron a su hijo al momento de su nacimiento y que determinaron una incapacidad del 100 %.

Los camaristas Pablo Gallegos Fedriany y Jorge Federico Alemany reiteraron que el Tribunal de Disciplina arribó "a la convicción de que el colega no entregó a su cliente la suma de dinero percibida, reteniéndolas indebidamente y no dando cuenta de su destino".

Los magistrados indicaron que aún cuando el cliente "haya consentido que su letrado solicitara que se le transfieran las sumas correspondientes a la indemnización completa, ello no exime al letrado de informar debidamente sobre los montos percibidos, entregar los saldo -de así corresponder- y documentarse de ello".

El abogado se defendió aduciendo que oportunamente firmó con el denunciante un pacto de cuota litis "por el cual, en nombre propio, reconocía la posibilidad que el profesional ejerció en la causa de daños y perjuicios", y luego se refirió a la personalidad del cliente.

Además, manifestó en su recurso que se sentía "defraudado por el colegio de abogados", que no ha sabido respaldarlo en el asunto, inclusive cuando solicitó "una audiencia con el tribunal, que jamás fue concedida”.

La defensa, sin embargo, no prosperó y que la Cámara sostuvo que el abogado "en modo alguno" pudo probar "lo contrario de lo que tiene por acaecido el Tribunal de Ética; cual es la convicción de que el actor no entregó a su cliente la suma de dinero percibida, reteniéndola indebidamente y no dando cuenta de su destino".

"Todo ello sin perjuicio de dejar sentado que la personalidad supuestamente difícil del cliente no lo exime al profesional de cumplir con sus obligaciones legales y éticas", sentenciaron los jueces.



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