26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Córdoba digitaliza las fianzas

El Tribunal Superior de Justicia provincial dispuso que a partir de junio comience a funcionar un registro electrónico de Fianzas Judiciales Personales otorgadas por los abogados. El nuevo sistema busca reemplazar la ratificación de la fianza ofrecida por el letrado en el Libro Actas de Fianzas del tribunal.

En el marco de la digitalización de expedientes judiciales, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba introduce un nuevo avance en la materia y pone en la web, a disposición de los letrados, un registro electrónico de fianzas.

Por medio del acuerdo 1357 Serie “A”, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Tribunal, integrado por los magistrados Domingo Juan Sesin, Luis Enrique Rubio, María de las Mercedes Blanc G. de Arabel y Sebastián Cruz López Peña, estableció a partir del 1° de junio de 2016 el registro electrónico de Fianzas Judiciales Personales otorgadas por los abogados y conforme las normativas procesales de cada fuero.

Según la norma, la suscripción se realizará mediante la utilización del usuario y contraseña que posee el abogado para hacer uso del Servicio Extranet, y la certificación de la existencia del registro electrónico en el que se ratifica la fianza, “será título suficiente para su ejecución, la que será considerada como acta levantada ante el tribunal”.

En sus considerandos, los vocales del TSJ ponen de manifiesto “la conveniencia de continuar incorporando el uso de las nuevas tecnologías en la prestación del servicio de justicia, con el propósito de lograr una reducción en costos, tiempos y tender a la despapelización de la gestión judicial”.

En ese sentido, el TSJ reitera que su propósito es el de optimizar la utilización del Sistema de Administración de Causas, implementando “distintas funcionalidades”. Tales como la e-Cédula, la Subasta Electrónica, el Alta de Cuenta a la Vista para uso judicial en forma remota y la Orden de Pago Judicial mediante transferencia electrónica automatizada.

En línea con este proceso, en su resolución el Alto Cuerpo considera oportuno es oportuno “avanzar en la registración electrónica de las fianzas personales ofrecidas por los letrados”, que será por medio del nuevo sistema, con el que se piensa sustituir “con el mismo o mayor grado de eficacia y certeza la ratificación de la fianza ofrecida por el letrado en el Libro Actas de Fianzas del tribunal”.

Según los jueces, el asiento informático de la ratificación de una fianza “contribuye a una más rápida sistematización y búsqueda de las fianzas otorgada por los letrados”.

Por lo que,  teniendo en vistas el “Convenio de Adhesión Colaborativa del Colegio de Abogados de Córdoba”, como de su Protocolo Adicional Numero Uno, respecto al Programa de “Acceso a Servicios de Justicia para Abogados”, y a los fines de “aumentar la publicidad de las fianzas otorgada, facilitando el control por el propio afianzante”, el Acuerdo dispone qe se deberá poner en conocimiento del letrado otorgante, mediante el Servicio para Abogados de la página web del Poder Judicial, en el link “Mis Fianzas Ratificadas” todas las fianzas que hubiere suscripto electrónicamente.

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