30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Condena a perpetua por gatillo fácil

El STJ de Formosa confirmó la condena a prisión perpetua a un policía que mató a tiros a un menor de 16 años en medio de un procedimiento. Los jueces señalaron que "el oficial pudo y tenía la posibilidad material de elegir una acción diferente, sin embargo, su elección de actuar de la manera que lo hizo determinó la aplicación de la figura del homicidio agravado”.

En los autos “R., A. M. S/Homicidio Calificado”, el Superior Tribunal de Justicia de Formosa confirmó la condena a prisión perpetua a un policía que mató a tiros a un menor de 16 años en medio de un procedimiento.

El hecho ocurrió en 2013 cuando "los efectivos de la policía provincial estaban llevando cabo un allanamiento en una vivienda, cuando un grupo de jóvenes generó un incidente con los uniformados, que logró disiparse ante la actuación de los policías”. La víctima decidió trepar una muralla para cruzar a un inmueble contiguo, recibiendo “un tiro de escopeta efectuado desde corta distancia por el oficial, que le causó la muerte en el acto”.

El tribunal explicó que “el abuso de la función por parte del policía condenado se materializó en su conducta, porque cuando decidió disparar ya no estaba repeliendo agresión alguna, ni corría riesgo inminente su vida o integridad física ni la de terceros, sin embargo, y pudiendo obrar sin lesionar el bien jurídico vida (…) eligió disparar contra la humanidad de la víctima”.

“Todo lo cual, indefectiblemente nos permite afirmar, como también lo sostuvo el Sr. Procurador Subrogante en la Audiencia de informe, que el oficial pudo y tenía la posibilidad material de elegir una acción diferente, no lesiva de bienes jurídicos de terceros, sin embargo, su elección de actuar de la manera que lo hizo determinó la aplicación de la figura del homicidio agravado”, indicó el fallo.

Para los magistrados, “la situación aparece en principio como la represión de un hecho con características delictivas, resistencia a la autoridad con empleo de violencia, pero no es menor indicar que la actividad de los causantes había cesado y la víctima estaba en franca huida”.

En este sentido, los sentenciantes destacaron que “es indudable que un oficial policial no puede desconocer el uso de una escopeta, arma que no es de gran complejidad y que evidentemente un agente policial con el rango de oficial debe conocer”, y añadieron: “Está probado que cargó el arma, efectúo un disparo al aire y luego otro hacia quien resultó víctima, de allí se colige que no era un inexperto en la manipulación de un arma de fuego”.

De este modo, los jueces concluyeron “la responsabilidad del policía condenado por el homicidio en abuso de su función, porque se acreditó que obró en conocimiento del poder lesivo del arma disparando a escasa distancia contra una persona de corta edad -la víctima contaba con dieciséis años de edad-, que en tales circunstancias estaba en total indefensión intentando trasponer el muro perimetral para resguardar su integridad física”. 

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