03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024

Un examen psicofísico para ingresar al Poder Judicial

Tras la Feria Judicial, el Consejo de la Magistratura del Chaco debatirá la incorporación de un examen de aptitud psicofísica como un requisito más a la hora de elegir un candidato para ocupar cargos. “Deviene a todas luces insuficiente valorar la idoneidad de un aspirante a la magistratura con solo computar sus antecedentes académicos, profesionales y laborales", destaca el proyecto.

El Consejo de la Magistratura del Chaco busca en incorporar el examen psicofísico como un requisito más a considerar a la hora de elegir un candidato idóneo para ocupar cargos en el Poder Judicial.

El proyecto, presentado por el representante de los abogados de Resistencia, Pedro Regueiro, tiene por objeto la “reglamentación del examen psicofísico de los concursantes a cubrir cargos de magistrados judiciales”. Dicha propuesta toma en cuenta la reglamentación adoptada por los Consejos de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las Provincias de Salta y Rio Negro.

“Se trata de responder a una razonable necesidad de que los aspirantes a desempeñar una de las más importantes competencias públicas, la de administrar justicia, sean seleccionados sobre la base de una valoración integral y objetiva de los conocimientos y aptitudes que resultan imprescindibles para estimar abastecida la idoneidad (…)”,  señala los fundamentos del proyecto.

Según la iniciativa, “deviene a todas luces insuficiente valorar la idoneidad de un aspirante a la magistratura con solo computar sus antecedentes académicos, profesionales y laborales y luego estimar su grado de conocimiento y preparación para la función por medio de un examen teórico/práctico. Estas destrezas son indudablemente necesarias, pero no suficientes”.

De acuerdo a los fundamentos, “el magistrado debe demostrar también que podrá asumir su función desde un estado de completo bienestar físico y psíquico, teniendo en cuenta la sustantiva exigencia que recaerá sobre su persona, no limitada a la simple jornada laboral o a la labor de producción jurídica”.

“El juez por caso, o el defensor o el fiscal, son también líderes de sus equipos y deben contar con destrezas para su conducción eficaz, cuidando de un factor elemental y tal vez determinante, en toda organización como lo es el personal humano con quien deberá trabajar a diario”.

El proyecto también destaca como “imprescindible” la templanza emocional que” debe conformar la personalidad de una persona que deberá emitir una resolución que afectará la vida de terceras personas, exponiéndose a constantes, permanentes y cada vez más complejos conflictos humanos”.

De esta manera, el consejero consignó que “deviene en una herramienta indispensable el examen psicofisico de los concursantes, teniendo en especial consideración que el avance y el progreso de las ciencias de la salud humana, en particular de la psicología” como un objetivo apoyo para reunir antecedentes.

Mediante la incorporación de un artículo, la iniciativa dispone que “los aspirantes a ocupar un cargo de juez, fiscal, defensor o asesor de menores, deben realizarse un examen de aptitud psicofísica que será de carácter confidencial”. 

“Con carácter previo a la confección de la Lista prevista en el artículo 9, el Consejo de la Magistratura por conducto de su Presidente, notificará a los concursantes, con una anticipación no menor a tres días, el lugar y fecha en que deberán presentarse a fin de la realización del examen de aptitud psicofísica, que se efectuará por intermedio del servicio médico que se les indique”.

La propuesta establece que “los resultados de dicho examen tendrán carácter confidencial y sólo tomarán estado público cuando, a juicio del Consejo, constituyan fundamento específico que obste a la designación de un concursante y éste impugne la decisión fundada en tal extremo. Cada concursante, cuando lo solicite por escrito, puede conocer los resultados que le conciernan personalmente”.

Respecto al examen de aptitud psicofísica para el cargo concursado, estipula que “será confeccionado de manera fundada por parte del servicio médico designado por el Consejo de la Magistratura, que debe estar integrado al menos por un médico clínico y un profesional idóneo en la salud psíquica, debiendo emitir los dictámenes de aptitud para el cargo en el plazo de cinco días de realizado el examen al concursante”.

Asimismo, establece que “previo a encomendar la elaboración de dichos exámenes, el Consejo de la Magistratura definirá las características del cargo a ocupar y lo transmitirá al servicio médico interviniente, para el diseño de las pruebas médicas, psicológicas y psicotécnicas para evaluar a los postulantes”, y agrega: “El resultado de estos exámenes tendrá carácter confidencial”.

En la última reunión del Cuerpo, los consejeros se abocaron a debatir y profundizar la iniciativa presentada. En este sentido, acordaron como fecha para el tratamiento definitivo y consiguiente votación el próximo martes 2 de agosto, luego de la feria judicial de invierno.

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