26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
Nueva resolución de la AAIP

Sonría, lo estamos filmando

La Agencia de Acceso a la Información Pública publicó el nuevo modelo de cartel que debe ser expuesto por quien tenga cámaras de seguridad que capten imágenes digitales de terceros, a los fines de cumplir con la normativa de protección de datos personales

(Mr.Suchat Beathaisong| vecteezy.com)
Por:
Sebastian G. Onocko
Por:
Sebastian G. Onocko

Recientemente la Agencia de Acceso a la Información Pública publicó en el Boletín Oficial la Resolución 38/2024 por medio de la cual sustituye el artículo 2 de la Disposición de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales N° 10/15.

En el nuevo articulado agrega como anexo el modelo de diseño de cartel que podrá ser utilizado en el caso de recolección de imágenes digitales, en cumplimiento del requisito de información previa del titular del dato establecido en las condiciones de licitud.

 

De ahora en más los que deseen incorporar cámaras se seguridad, salvo los casos de excepción …en los restantes supuestos para cumplir con el requisito de licitud de la recolección de imágenes digitales de personas en cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, deberá exponer el nuevo modelo de cartel que indique en forma clara al público la existencia de esos dispositivos de seguridad…

 

De esta manera de ahora en más los que deseen incorporar cámaras se seguridad, salvo los casos de excepción que la misma norma establece que permiten el uso sin consentimiento previo, en los restantes supuestos para cumplir con el requisito de licitud de la recolección de imágenes digitales de personas en cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, deberá exponer el nuevo modelo de cartel que indique en forma clara al público la existencia de esos dispositivos de seguridad, los fines de la captación de imágenes y el responsable del tratamiento con su domicilio y datos de contacto para que el titular de los datos pueda ejercer fácilmente sus derechos.

El nuevo archivo editable del cartel indica que se trata de una “Zona Videovigilada” y establece que “Para ejercer tus derechos de acceso, actualización, rectificación y supresión (arts. 14 y 16)” deben comunicarse con el responsable del tratamiento de datos de la empresa, a cuyo fin incorpora espacios para que se agregue el nombre, la dirección, la ciudad, el código postal, la página web, el correo electrónico y el teléfono del responsable.

También incorpora un código QR por el cual el ciudadano podrá conocer más sobre los datos personales y la normativa aplicable, ya que el mismo redirige al sujeto al sitio web https://www.argentina.gob.ar/aaip/datospersonales.

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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