01 de Noviembre de 2024
Edición 7083 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/11/2024

Hasta la jubilación y más allá

En vísperas de llegar a la edad jubilatoria, la vicepresidente de la Corte Suprema, Elena Highton de Nolasco inició un amparo para quedarse en la Corte Suprema después de cumplir sus 75 años. Buscará declarar la inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución. Los antecedentes de Carlos Fayt y Santiago Petracchi.

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial

La vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia Elena Highton de Nolasco cumplió 74 años el último 7 de diciembre y, conforme establece la Constitución Nacional, dentro de un año necesitará un nuevo acuerdo del Senado para mantener el cargo en el Máximo Tribunal.

Pero al igual que sus colegas Carlos Fayt y Enrique Petracchi, y contra los pronósticos que la tenían con un pie fuera de la Corte, Highton inició un amparo judicial con el efecto de que no se le aplique la cláusula constitucional y así mantener su puesto en la máxima instancia de la Justicia argentina.

Los autos “Highton de Nolasco, Elena Inés c/ PEN s/ Amparo Ley 16.986” quedaron radicados ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal n° 6, a cargo de Enrique Lavié Pico, quien ya dispuso la reserva de las actuaciones.

El artículo 99, inciso 4° de la Constitución Nacional, que regula las facultades del Poder Ejecutivo  señala que entre las atribuciones del Presidente está la de nombrar los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado, y que “un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años”.

El artículo, incorporado tras la reforma constitucional de 1994, fue cuestionado por el recientemente fallecido ministro Carlos Fayt. El ministro decano, que arribó a la Corte en 1983, presentró una demanda en 1997, a punto de cumplir los 75 años, impugnado la cláusula constitucional por significar  “una restricción no habilitada a la garantía de la inamovilidad” de los jueces. Luego de un fallo favorable en primera instancia – que declaró la invalidez del artículo y afirmó que Fayt no requería un nuevo acuerdo- la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó el fallo respecto de la invalidez, aunque confirmó el criterio de que el ministro debía mantenerse en el Máximo Tribunal.

Finalmente, la causa fue resuelta por los propios colegas de Fayt en el Máximo Tribunal, que al declarar la nulidad de la cláusula, señalaron que “no puede razonablemente admitirse” que, con motivo “de la reforma de una cláusula relativa a las atribuciones del Poder Ejecutivo Nacional”, la Convención Constituyente haya incorporado “una cláusula nítidamente extraña a las atribuciones del Poder Ejecutivo de la Nación, puesto que todo lo concerniente a la inamovilidad de los jueces es inherente a la naturaleza del Poder Judicial de la Nación y configura uno de los principios estructurales del sistema político establecido por los constituyentes de 1853”.

Al caballo de esa sentencia, numerosos magistrados intentaron mantener sus cargos después de llegar al límite de los 75 años. Uno de ellos fue quien ingresó con Fayt al Máximo Tribunal: Enrique Petracchi. El ministro, fallecido en 2014, concurrió a los Tribunales tras varios planteos de abogados que cuestionaron que, al haber cumplido los 75 años, ya no era juez y por lo tanto las resoluciones que firmaba no eran válidas. Petracchi concurrió al fuero Contencioso Administrativo Federal mediante una acción declarativa de certeza en el año 2011 y a fines de octubre obtuvo una cautelar que lo mantenía en el cargo. Posteriormente, el Estado no objetó el planteo de Petracchi y con ello lo mantuvo en el cargo por dos años más, hasta su muerte.

En la misma situación se mantienen dos jueces de reconocida trayectoria: María Servini de Cubría y Leopoldo Schiffrin, quienes presentaron sendos amparos para lograr sortear la misma situación que atravesó Petracchi. La diferencia, en materia de jueces supremos, la hizo Raúl Zaffaroni, que a poco de cuimplir los 75 años presentó su renuncia “en el acatamiento de lo dispuesto en el tercer párrafo del inciso 4º de la Constitución Nacional”.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486