26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Test de alcoholemia para bicicletas

Se trata de una propuesta que será tratada este miércoles en el Congreso y pretende modificar la Ley de Tránsito. La iniciativa sugiere que se prohíba conducir a los ciclistas que posean una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. TEXTO COMPLETO

 
Este miércoles la Comisión de Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico de la Cámara de Diputados, retomará sus debates luego del receso provocado por las elecciones legislativas y por las medidas tomadas producto de la existencia de la gripe A N1H1 en nuestro país.

Uno de los proyectos que tratarán es una iniciativa que plantea la modificación de la Ley de Tránsito Nº 24.449. Según los argumentos, la ley nacional establece que la bicicleta es un vehiculo más, pero no se especifica “en el inciso a) de su artículo 48 el límite permitido para el mismo de alcohol en sangre como sí se hace para el resto de los vehículos”. La propuesta sería entonces que el artículo mencionado quede redactado de la siguiente manera: “queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre. Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores, bicicletas o vehículo similar no motorizado queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga, queda prohibido hacerlo cualquiera sea la concentración por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario”.

Según el diputado impulsor del proyecto, Pablo Zancada, la ingesta de alcohol en ciclistas es una cuestión que “no es ajena a la realidad y que no deja de ser una causa de accidentes de tránsito”. Y agrega que “esta medida implicaría mayor atención y protección no sólo para todas las personas que hagan uso de la vía pública sino particularmente para los mismos ciclistas, quienes debido al móvil que conducen y a una infraestructura vial que no los tiene en cuenta, se encuentran en una situación de vulnerabilidad frente a otros vehículos”.

Argentina cuenta con un parque de más de siete millones de bicicletas, según datos brindados por CESVI. Además los accidentes que los involucran superan al 10% del total de siniestros, y la frecuencia de estos últimos aumenta conforme se incrementa la edad de los ciclistas, correspondiendo la mayor parte de incidentes a mayores de 18 años.

Otro dato estadístico al que hacen hincapié es que “los ciclistas representan el 25% de los pacientes que ingresan a los hospitales. El 30% de ellos son atropellados y el 70% restante involucra como causal la previa ingesta de alcohol”. También en cuanto a los datos totales, el factor humano incide en un 90% de los accidentes.

“Para lograr un cambio de actitud y comportamiento de los usuarios de la vía pública es necesario que el Estado demuestre el ‘beneficio personal y social’ del cumplimiento de la ley de tránsito, creada con el fin social de proteger la vida y facilitar la convivencia en el espacio compartido de la vía pública” culmina entre sus fundamentos el proyecto.



dju / dju

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