30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024
El proyecto de ley llegó al Senado

Estos "caranchos" no van a Hollywood

La iniciativa, inspirada en el film de Pablo Trapero, fue presentada por la senadora del Frente para la Victoria Marina Riofrío, y busca modificar el artículo 1445 del Código Civil para reducir al 40 por ciento la cesión de créditos provenientes de accidentes de tránsito.

 

Inspirada en la película “Caracho” de Pablo Trapero, una senadora del Frente para la Victoria presentó en la Cámara Alta una iniciativa para modificar el artículo 1.445 del Código Civil en un intento por reducir la cesión de créditos provenientes de accidentes de tránsito.

De aprobarse la propuesta de Marina Riofrío, el artículo 1.445 del Código Civil quedaría redactado así: “Las acciones fundadas sobre derechos inherentes a las personas, o que comprendan hechos de igual naturaleza, no pueden ser cedidas. Tampoco pueden cederse totalmente los créditos provenientes de accidentes de tránsito, solo podrá cederse un cuarenta por ciento de los mismos”.

Entre los fundamentos, Riofrío –que es abogada e integró el último Jurado de Enjuiciamiento que destituyó a Federico Faggionato Márquez en el mes de marzo- argumentó que en “los últimos tiempos” se desarrolló y difundió una “modalidad delictiva” en la llamada “industria de los juicios de accidente de tránsito”.

Esa modalidad, dijo la senadora por San Juan, fue retratada en el film de Trapero, que tiene como protagonistas a Ricardo Darín, un abogado especialista en accidentes de tránsito a punto de recuperar su matrícula que hace de “carancho” y a Martina Gusmán, una médica que realiza guardias en hospitales y ambulancias.

Riofrío apuntó que “caranchos”, “bolseros”, “mayoristas”, “corre ambulancias” y “aves negras” son las “denominaciones que se aplican a los abogados que a través de ‘punteros’ (policías, camilleros, médicos, choferes de ambulancias y empleados de funerarias) se enteran de los accidentes de tránsito y se presentan ante las víctimas o sus familiares, en caso de muerte, para representarlos y prometerles una buena cantidad de dinero, juicio mediante contra una empresa de seguros o una ART, para después quedarse con la mayor parte del pago”.

“Esta modalidad delictiva –añadió- resulta muy rentable para sus autores porque logran que la víctima o presunta víctima y, en caso de muerte, los familiares, les cedan el crédito (derechos y acciones) que tienen derivado de ese accidente de tránsito, a cambio de una suma de dinero muy inferior a la que ellos finalmente obtienen en el juicio o en un acuerdo extrajudicial”.

En la propuesta se admite la cesión de un 40 por ciento de los créditos provenientes de accidentes de tránsito. La cifra, según Riofrío, se estableció “para guardar uniformidad con los criterios normalmente admitidos en materia de pactos de cuota litis en las disposiciones sobre honorarios profesionales” y “para no provocar injustos perjuicios a los letrados que intervienen con probidad en ese tipo de juicios”.

La legisladora concluyó en que “si bien no se trata estrictamente de un derecho personalísimo, la modalidad delictiva descripta, en la que se advierte el aprovechamiento del estado de necesidad de personas indigente o bien, en otros casos, el abuso de la situación de vulnerabilidad en que se encuentran las víctimas de accidentes de tránsito y sus familiares, hace necesaria la intervención del legislador para evitar que esos derechos y acciones puedan ser separadas del sujeto que es titular, para transferirlos por unos pocos pesos a otro sujeto que solo pretende enriquecerse a su costa”.

La iniciativa, presentada a principios de septiembre, ingresó en la comisión de Legislación General –que preside la puntana Liliana Negre de Alonso- el 15 de septiembre de 2010 pero aún no fue discutida en comisión. Todo indica que, a pocos días del fin de las sesiones ordinarias y ante la falta de convocatoria a extraordinarias, la propuesta no será siquiera debatida durante este período parlamentario.



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