31 de May de 2024
Edición 6978 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/06/2024

Salta: se dictaron 515 sentencias en enero

 

Los Tribunales salteños dictaron en enero un total de 515 sentencias, 2.968 autos interlocutorios y concretaron 373 audiencias. El informe elaborado por la Corte de Justicia de Salta reveló que, a diferencia de años anteriores, en enero pasado fue "mayor la actividad producto de que hubo más juzgados trabajando". En diciembre último, el Alto Tribunal provincial dictó las acordadas 12559 y 12560 a raíz de una solicitud de la Asociación de Jueces del Poder Judicial de Salta para que se evaluara la posibilidad de ampliar la nómina de Tribunales y Juzgados habilitados con la finalidad de “brindar una más eficiente prestación del servicio de Justicia lo que redundará en beneficios tanto para el Poder Judicial como para los justiciables”. Una de las modificaciones introducidas fue la habilitación de los juzgados de Procesos Ejecutivos, Concursos, Quiebras y Sociedades y también en lo Contencioso Administrativo, cuyas funciones eran absorbidas en períodos anteriores por los juzgados en lo Civil y Comercial en feria. Estos juzgados intervendrán en períodos de Feria únicamente en las causas que sean de su competencia.

Aparecen en esta nota:
Salta Sentencias Informe

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486