Esta condena, que llega 13 años después del sonado “Yomagate” que conmovió al poder en el primer tramo de la década de Carlos Menem, no implica prisión efectiva para Caserta. Según fuentes judiciales, los tres años y cuatro meses que estuvo detenido se convirtieron en algo más de cuatro años según el cómputo del “dos por uno” vigente en ese momento.
De esta forma, Caserta seguirá en libertad porque puede acceder a la libertad condicional, al darse por cumplida más de dos tercios de la condena, indicaron fuentes judiciales. La condena de Ballestero –tramitó según el “código viejo”- incluye una multa de 93.750 pesos e inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
De cualquier forma, la condena aún no está firme, ya que las mismas fuentes señalaron que el fiscal Carlos Stornelli apelará la decisión de Ballestero, ya que en su momento había reclamado siete años de prisión para Caserta. El tema lo resolverá, en definitiva, la Cámara Federal.
Si este Tribunal del alzada le da la razón a Stornelli, Caserta debería volver a prisión al menos un año, hasta cumplir los tiempos para acceder a la libertad condicional.
En la misma resolución, Ballestero dispuso el decomiso de las propiedades adquiridas con el dinero que había ingresado ilegalmente al país. Según la legislación vigente, esos bienes deben rematarse para aumentar los fondos de la lucha contra el narcotráfico.
En la misma resolución de más de 300 carillas, que Diariojudicial.com publica íntegra, el juez Ballestero condenó a penas de tres años de prisión en suspenso a Carlos Alberto Scopelliti, por “dos hechos” de lavado de dinero y a Amed Collazo Valdez por ser “integrante” de la asociación ilícita que organizó Caserta.
También recibieron una condena de tres años en suspenso Carlos Alberto Torres, Miguel Angel Arnone y Carlos Agustin Minotti, todos como miembros de la asociación ilícita.
Una causa emblemática
El mentado “Yomagate” se inició en 1990 por una operación del entonces desconocido para la Argentina juez de la Audiencia Nacional de España, Baltasar Garzón. Luego, una investigación periodística de la revista madrileña Cambio 16 señaló a la entonces cuñada del presidente Carlos Menem, Amira Yoma, como integrante de una red de narcolavadores con vínculos en América y Europa.
Según la nota, Amira Yoma se valía de un pasaporte diplomático y del cargo estratégico de su esposo, el sirio Ibrahim al Ibrahim, al frente de la Aduana de Ezeiza para ingresar al país valijas repletas de narcodólares.
Sin embargo, Amira fue sobreseída definitivamente el 12 de abril de 1994 en una resolución que posteriormente fue confirmada por la Cámara el ocho de septiembre de ese año.
Ibrahim al Ibrahim, en tanto, sigue prófugo en Siria al igual que Mario Anello, un narcotraficante que se encargaba de despachar desde los Estados Unidos valijas adicionales en el equipaje de eventuales visitantes, que luego eran retiradas aquí por Caserta.
En esa línea, Ballestero concluyó que a Caserta debe responsabilizárselo como organizador de una asociación ilícita y cinco hechos de “introducción de dinero proveniente del narcotráfico”.
La causa del “Yomagate” estuvo a cargo en primer término de la juez federal María Servini de Cubría, luego entendió la actual miembro de la Cámara Nacional de Casación Penal, Amelia Berraz de Vidal, más tarde el fallecido juez Nerio Bonifati y quien lo reemplazó en el juzgado federal 4, el ahora camarista Gabriel Cavallo, para terminar más tarde a cargo de Ballestero.