26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Competencia asumida

El juez de instrucción de Rosario que investiga la causa por el incendio del museo y dependencias de la Universidad Nacional de Rosario no hizo lugar a la inhibitoria planteada por la justicia federal al considerar que la sola afectación de instalaciones nacionales no significa que deba entender la justicia federal. TEXTO COMPLETO

 
El juez de Instrucción Carlos Carbone no hizo lugar a la inhibitoria planteada por el Juzgado Federal en lo Penal de 1ª. Instancia N° 4 de Rosario que pedía pasar este caso a la justicia federal, en la causa caratulada “Incendio Intencional agravado”, en trámite en el juzgado en lo Penal de Instrucción N ° 9 de esa ciudad.

Para fundamentar su resolución Carbone sostuvo que “el Ministerio Público Fiscal se opone al cese de la competencia del suscripto por entender que el mismo es el juez natural por el principio de radicación la misma y por tanto debe seguir el expediente en esta jurisdicción provincial”.

El incendio que tomó alto estado público afectó bienes del patrimonio provincial en el Museo Gallardo de Ciencias Naturales y puso en peligro otros como la Facultad de Derecho, el Colegio y Escuela Normal N° 2, el primero ubicado en el edificio actualmente patrimonio del Gobierno de Santa Fe.

“Si bien fue donado mediante instrumentos públicos hace algunos años a la Universidad Nacional de Rosario y el segundo, ubicado en predio de propiedad provincial además de pertenecer a la órbita también local el establecimiento escolar, no tiene en cuenta algunos puntos básicos para resolver el entuerto positivo de competencia”, fustigó el magistrado.

Agregó que “a la fecha del hecho –julio de 2003- el dominio sobre el predio donde funciona la Facultad de Derecho sigue perteneciendo a la Provincia y se encuentra inscripto dicho dominio al Tomo 24 Folio 1140 vta. N° 7262 del Registro General de la Propiedad por más que obren las cesiones referidas en el expte”.

Sobre este punto recordó que antes de tal cesión muchos delitos ocurridos en el ámbito de la Facultad de Derecho eran ventilados en esa sede y no en la provincial a pesar que la propiedad del predio era santafecina.

Explicó asimismo que “en numerosos casos se ha declarado la incompetencia federal por delitos relacionados en establecimientos universitarios ante la ausencia de este requisito y por tanto se resolvió que corresponde intervenir a la justicia ordinaria y no a la federal en el sumario instruido con motivo de un incendio si no resulta tal intencionalidad específica de atentar contra no solo el establecimiento sino contra sus fines”.

Agregó que “el solo daño en el patrimonio de bienes de órbita nacional no es ancla de la competencia de marras” pues es necesario determinar si el incendio fue provocado con el fin de perjudicar y obstruir los fines específicos de la Facultad de Derecho ya que la Federal es competencia de excepción.”

Por otra parte destacó que desprenderse de la causa en este estado causará un grave retardo en la investigación, toda vez que es fácil advertir la instrucción de la causa por el incendio sufrido en la Facultad de Derecho de la UNR a cargo de la fiscalía N° 2 Federal la cual se encuentra con atraso en relación a las presentes actuaciones, máxime estando pendiente de realización en esta sede medidas probatorias en curso.



dju / dju
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