22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Los limites de la exposición

La Corte Suprema de la Nación confirmó un fallo de la Cámara Civil por el cual se condenó a Canal 13 a indemnizar a la familia de un menor en 40 mil pesos a raíz de los daños y perjuicios que sufrió el niño cuando su imagen fue utilizada para ilustrar una nota periodística ajena a su persona.

 
La medida la tomó la Corte en el marco de los autos “P.,I. G. y Otro C/ Arte Radiotelevisivo Argentino S.A”, los cuales llegaron al máximo tribunal luego del recurso extraordinario que interpuso la accionada contra el fallo de la sala H de la Cámara Civil.

El hecho que se debatió en la Corte se originó en la difusión que tuvo la imagen del hijo del matrimonio en distintos programas de canal 13 a raíz de una nota efectuada a la directora del jardín de infantes “El Principito” motivada por la decisión de la institución de solicitarle al fiscal Pablo Lanusse que retirara a su hijo del lugar ante una amenaza de bomba que habían recibido por vía telefónica.

Durante la emisión del testimonio de la directora se intercaló una foto que no era la del hijo del fiscal, sino que por el contrario se trataba del hijo de los actores hecho que según afirmaron éstos produjo “alteraciones en la vida familiar” y que determinó que sus padres tuvieran que cambiarlo de escuela a mitad de año.

La sala H hizo lugar al reclamo y elevó el monto del resarcimiento dado en primera instancia con lo cual la suma a favor de los demandantes fue fijada en 40 mil pesos, hecho que motivó los agravios de la accionada.

La Corte Suprema de Justicia por mayoría desestimó el recurso de queja y a tal efecto señaló que la recurrente había planteado como federales agravios que eran meras discrepancias con la valoración que la Cámara había hecho de las cuestiones y que no había rebatido en forma adecuada los fundamentos sobre los cuales la alzada había basado su decisión.

Asimismo, el tribunal sostuvo que la demandada omitió el expreso testimonio de la directora de la institución que “había existido autorización para entrar a la dirección, pero no al resto de las instalaciones y mucho menos para tomar imágenes de los menores”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486