04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Omisión maliciosa: Menem procesado

La Cámara Federal procesó sin prisión preventiva al ex presidente Carlos Menem por no informar en su declaración jurada una cuenta en Suiza y ordenó ampliar la investigación a otros países. TEXTO COMPLETO

 
La Sala II de la Cámara Federal procesó al ex presidente Carlos Menem por omitir en su declaración indagatoria la cuenta en Suiza que él mismo reconoció poseer.

De esta forma, los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Luraschi y Martín Irurzun revocaron la falta de mérito que en primera instancia había dispuesto el juez federal Norberto Oyarbide y que fue apelada por la querellante Oficina Anticorrupción y el fiscal Eduardo Freiler.

“A juicio de este Tribunal se han reunido los elementos que prueban, con el grado de probabilidad que requiere esta etapa procesal, que Carlos Menem ha omitido en su declaración jurada patrimonial datos referidos a depósitos bancarios de su propiedad existentes en el extranjero”, remarcaron los jueces en su fallo.

“Corresponde que sea procesado como autor del delito previsto por el artículo 268 ter., último párrafo, del Código Penal”, remarcaron los jueces. Ese artículo dispone “prisión de quince días a dos años e inhabilitación especial perpetua al que, en razón de su cargo, estuviere obligado por ley a presentar una declaración jurada patrimonial y omitiere maliciosamente hacerlo”.

También, los camaristas ponen fin a la hipótesis Oyarbide, quien pretendía no procesar a Menem hasta que Suiza confirmara la existencia de la cuenta. “Toda la discusión suscitada en autos en relación a si el supuesto descripto en la figura mencionada puede considerarse o no acreditado responde a las características excesivamente formales de la omisión típica de este delito”.

“Hay en el sumario una serie de pruebas que, independientemente de la vía rogatoria mencionada, indican la posibilidad cierta de que existan en el exterior los depósitos bancarios que se imputa a Carlos Menem haber omitido en su declaración jurada. Cada una de ellas, analizadas en forma conjunta, adquieren el peso suficiente para acreditar ese aspecto”, concluyeron los miembros de la Sala II.

Investigar en otros países

En la última parte del fallo que Diariojudicial.Com publica íntegro, Cattani, Irurzun y Luraschi detallan “aspectos que deberán ser profundizados” por Oyarbide, porque “la investigación que se lleva a cabo en este sumario, y a partir de las pruebas ya colectadas, no puede limitarse a consultar los registros bancarios del imputado en un sólo país”.

Así, los jueces ordenaron que “la pesquisa debe ampliarse a aquellas plazas financieras de reconocida importancia, y en cuyas instituciones podría hallarse información útil para la presente”. Además, entendieron que “no debe perderse de vista la relación que se atribuye, en distintos grados, a Menem con eventuales giros de dinero” en la causa AMIA y la del contrabando de armas, por lo que Oyarbide “tendrá que mantenerse informado de lo que en ellas se incorpore”, concluyeron.

En esa línea, el tribunal de alzada ordenó que el juez le tome declaración testimonial al fiscal del caso AMIA, Eamon Müllen, ya que figuran declaraciones de este funcionario judicial en una nota del diario The New York Times que, afirman los camaristas “originó todo este asunto”.

En julio del año pasado, ese periódico norteamericano reprodujo en tapa las declaraciones del testigo C del caso AMIA, quien hacía referencia al supuesto pago de 10.000.000 de dólares al ex presidente Menem para que encubriera a Irán como autor de los atentados terroristas en Buenos Aires.

Después de esa nota, en declaraciones a dos cadenas de TV internacionales, Menem reconoció la existencia de una cuenta con un saldo de 600.000 dólares, que –aseguró- está a nombre de su familia y los fondos originales corresponden a la indemnización que cobró del Estado nacional porque permaneció detenido algunos meses durante la última dictadura militar.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486