01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Dura embestida por el corralito

El Foro de Abogados contra el Corralito, entidad presidida por el prestigioso constitucionalista Germán Bidart Campos, pedirá la excusación de los miembros de la Corte Suprema de Justicia que posean depósitos en el extranjero, como así también solicitarán que se eximan de opinar los ministros que hayan firmado la causa Meyer. Asimismo elaboró un documento de 8 puntos referido al tema. TEXTO COMPLETO

 
La entidad que nuclea a defensores de los derechos de ahorristas argentinos perjudicados por los efectos de los decretos de retención, reprogramación y cambio de moneda de sus depósitos señaló que “hay Jueces de la Corte que están inhabilitados para expedirse en causas que atañen al Estado Nacional, porque al igual que el ex Juez Moliné O’Connor, que fue destituido, otros también convalidaron con su firma el fallo por la “Causa Meyer”, que perjudicó al Estado Nacional, a esos también habría que medirlos con la misma vara, por eso vamos a pedir la excusación de los mismos”.(la negrita es nuestra)

En tanto el Foro aprobó un documento de 8 puntos firmado por su Presidente Honorario, el constitucionalista Germán Bidart Campos, Antonio María Hernández, Maximiliano Toricelli, y abogados llegados a esta Capital provenientes de todo el país tales como Jorge Gentile, de Córdoba, Iván Cullen, de Rosario, Manuel Iglesias, de Capital Federal, Basilio Sasian, de Rosario, y Raúl Quesada, de Neuquén, entre otros.

En el escrito afirman que “El corralito financiero y bancario constituye el más grave ejemplo de legislación económica de emergencia en violación de la Constitución Nacional de nuestra historia, ya que confiscó los depósitos de millones de argentinos, desconociendo el derecho de propiedad y de otros derechos humanos” remarcando por ello que “ninguna emergencia o instituto de emergencia confiere poderes superiores o ajenos a la Constitución ni puede suspender su vigencia.

Señalan que en estas causas “debe mantenerse la correcta jurisprudencia de los Jueces Federales de 1ª. y 2ª. Instancia y de los casos “Smith” y “Provincia de San Luis” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declararon la inconstitucionalidad de toda la pseudo estructura jurídica del “corralito”.

Asimismo expresaron sus críticas hacia un borrador de fallo que tomó estado público atribuido al juez Boggiano, expresando que “si esto efectivamente se da como se divulgó, se produciría una corrida bancaria que llevaría a la Argentina a la quiebra sin titubeos”.

En este sentido el Foro resolvió además, llevar el caso a la Corte Interamericana por los Derechos Humanos, “ante la flagrante violación del derecho constitucional de propiedad que significó la retención, reprogramación y cambio de moneda de los depósitos, ordenados por los Decretos 1570/01, 214/012 de neto corte confiscatorio”.



dju / dju
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