Señalan que muchos trabajadores del máximo tribunal ven desde hace tiempo postergada su carrera judicial “por el actual régimen imperante, basado en el parentesco y el amiguismo, y no en pautas objetivas de desempeño laboral, conforme establecían las acordadas 34/84 y 30/87 entre otras, luego derogadas.”
Al respecto, fuentes consultadas graficaron este punto señalando que basta una mera recorrida por la guía judicial para poder constatar la existencia y relación de apellidos de magistrados y camaristas con personal que se desempeña en el mas alto tribunal en puestos jerárquicos, o viceversa.
Centralmente, exponen que la “arbitrariedad y la distorsiva manipulación de los ascensos y designaciones de personal” constituyen los rasgos distintivos del régimen vigente, configurado en la década de los 90 con el consecuente perjuicio para quienes no son parte de ese privilegiado círculo de parientes y amigos.
Advierten que el Tribunal, “ve resentida así su labor propia” siendo la Corte Suprema, como cabeza del Poder Judicial y en su carácter de máximo tribunal de la República quien se halla en el particular deber de desarrollar y ejercitar una conducta ejemplar, no sólo en el ámbito del PoderJudicial, sino también fuera del mismo.
Lo expuesto –afirman- fue señalado en el voto en disidencia de las resoluciones n° 576/577 del 9 de mayo de 2001, suscripta por Petracchi, Boggiano, Vázquez y Bossert estableciendo un régimen de concursos de oposición y antecedentes para la designación de secretarios letrados para ser aplicados en la órbita de las secretarías y demás dependencias del Tribunal.
En el contexto de crisis que atraviesa la Argentina esgrimen que “la transparencia y la equidad se constituyan en valores tan fundamentales como reales” por lo que exigen la implementación en los próximos de 60 días de un nuevo sistema de promoción y designación del personal que se desempeña en la Corte Suprema, basado en pautas objetivas de evaluación.