El tribunal expresó que “admitida la equiparación de los salarios establecida en el artículo 12 de la ley 24.946 entre los integrantes del Ministerio Público de la ación y los del Poder Judicial de la Nación.. resulta insoslayable concluir que, a los fines de garantizar suficientemente el desenvolvimiento como órgano independiente... la implementación de los medios adecuados para hacer frente al ajuste salarial reclamado, debe entenderse procedente”.
“No se advierte que se haya incurrido en la tergiversación de los conceptos de autonomía funcional y autarquía financiera” añadieron los magistrados, como sostiene el Poder Ejecutivo nacional, “sino que se efectuó la necesaria correlación entre ambos con el fin de resguardar el principio de legalidad”.
Salvo que el Poder Ejecutivo deduzca recurso extraordinario ante la Corte Suprema, y éste sea admitido, lo decido por la Cámara adquiriría firmeza luego del plazo que tiene el Ejecutivo para recurrir la sentencia.
En este conflicto, a pesar de que un sector judicial ya cobró la suma en cuestión el personal dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Ministerio Público (defensorías y fiscalías) aguarda en una tensa calma.
Es así que la Unión de Empleados Judiciales de la Nación había dispuesto un paro en las actividades, incluso de fiscalías y defensorías dependientes del Ministerio Público para el jueves 25 y viernes 26, éste último sin asistencia a los lugares de trabajo.
La causa la iniciaron el ex Procurador General de la Nación, Nicolás Eduardo Becerra, y el Defensor General de la Nación, Miguel Ángel Romero, al presentar a fines de octubre un amparo en calidad de titulares del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, para solicitar el aumento salarial de 200 pesos que aún se adeuda a los empleados del mencionado ministerio, como así también a los funcionarios dependientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.