Así lo decidió el Juez Federal de la Plata Armando Corazza, por lo que los tres niños que se encuentran alojados en Prefectura de Ensenada -Dirección Nacional de Migraciones- gozarán de la ´Residencia Provisoria´, con la podrán tener un documento de identidad. Sin embargo, resta resolver el pedido de la Defensora Spinetta, que había pedido que los jóvenes sean amparados bajo el carácter de ´refugiados´, además de solicitar la asistencia económica de organismos internacionales y la posible adopción de los menores por parte de familias que ya se presentaron en forma espontánea para evitar una eventual repatriación. Según informó mediante un comunicado la Defensoría General de la Nación, los menores ya se recuperaron de los severos daños que les provocó el viaje a la intemperie y la falta de agua y alimentos. En tanto el cuarto niño permanece alojado en el hospital de San Nicolás debido a un cuadro severo de deshidratación. Los muchachos huyeron desde la ciudad de Monrovia, capital de Liberia, tras haber sido asesinados todos los integrantes de sus familias. De los cuatro niños tres son hermanos. El pedido de la Defensora Oficial para que se les otorgue la calificación de "refugiados" está previsto en la Convención de Ginebra y en las leyes argentinas, y tiene como objeto que se les asegure la permanencia en nuestro suelo y se evite la repatriación hacia Liberia, ya que su carácter de huérfanos no les da seguridad para que puedan sobrevivir en su país en las actuales condiciones, según argumentó la letrada.
Preferencia
Por medio de la resolución 12/2004 de la Secretaría de Seguridad Social se modificó el artículo 4° de la resolución de la Secretaría de Seguridad Social N° 56/97 (Creación del registro de expedientes judiciales con sentencias firmes) que en su nueva redacción dispone que "Los beneficiarios que acrediten padecer de una enfermedad grave cuyo desarrollo o desenlace pueda frustrar los efectos de la cosa juzgada, gozarán de preferencia en el pago de sus acreencias establecidas por sentencia judicial firme. Gozarán asimismo de preferencia de pago de sus acreencias establecidas por sentencia judicial firme, aquellos titulares de créditos previsionales derivados del régimen general que tengan cumplidos 80 años de edad al momento de serle reconocido por pronunciamiento firme su crédito." Asimimo se determinó que dichas acreencias serán canceladas en efectivo en moneda de curso legal, hasta el agotamiento de los recursos asignados en la especie por la Ley de Presupuesto para el pago de sentencias judiciales. Finalmente se estableció que los beneficiarios con sentencia judicial firme que contaren con 80 años de edad a la fecha de vigencia de la presente, quedarán incluidos en las previsiones del artículo 4° de la Resolución SSS N° 56/97, aún cuando no hubieran contado con dicha edad al momento en que hubiera quedado firme la sentencia que reconociera su crédito previsional. (texto completo al final)
Transparencia
La Comisión Nacional de Valores implementó en su órbita la política de transparencia en los actos de gobierno y acceso a la información pública adoptada por medio del decreto 1172/2003. A tal efecto dispuso ordenar la instrumentación y puesta en vigencia del "Registro de audiencias de gestión de intereses" en el que será asentada, con la información prevista toda entrevista solicitada por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas por sí o en representación de terceros, con o sin fines de lucro -en modalidad de audiencia- cuyo objeto consista en influir en el ejercicio de cualquiera de sus funciones o en el procedimiento de formación de la voluntad administrativa. Asimismo estableción que será asentada toda audiencia alcanzada por la descripción precedente y requerida a los miembros del Directorio y aquéllas solicitadas a un funcionario que dependa jerárquicamente de la autoridad superior obligada y cumpla funciones de dirección, asesoramiento, elaboración de proyectos o que tenga capacidad de influir en las decisiones a ser adoptadas por el Directorio. Por otra parte se ordenó la instrumentación y puesta en vigencia del "Procedimiento para la elaboración participativa de normas y presentación de propuestas y opiniones" y del "Acceso a la información pública" previstas en el decreto N° 1172/03. (Texto completo al final)
Designación
Por medio del decreto nº 497 el jefe de gobierno porteño designó al Dr. Miguel Freixa como Procurador General Adjunto de Asuntos Contenciosos dependiente de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De esta forma, fue designado por Ibarra para cubrir el cargo a partir, del 1° de abril de 2004, cesando en las funciones de Coordinador de los Programas de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión y del Proyecto Informatización Integral de la Procuración General de la Ciudad.
Cátedra
Así lo decidió el juez de Menores de Granada, Emilio Calatayud, al condenar a un joven a dar 100 horas de clase de informática en un centro escolar de Madrid, lugar de residencia del acusado. El magistrado decidió ese castigo por el delito de revelación de secretos en el que incurrió el joven, que hace seis años dañó el sistema de seguridad informático de una empresa granadina por daños valorados en casi 2 mil euros. Según el juez de Menores, será el Equipo de Medio Abierto de Madrid quién decidirá cuándo y dónde deberá impartir las clases a menores de edad, aunque subrayó la colaboración que en todo momento prestó el joven durante el juicio, donde reconoció su participación en los hechos. El pequeño ´hacker´ fue detenido, junto a otro individuo mayor de edad, después de que la Policía idenficara el teléfono desde el que dañó el sistema operativo de las empresas.