Según el decreto Nº 735 -al que tuvo acceso Diariojudicial.com- se establece que una vez producida una vacante, para cualquiera de los cargos mencionados, se harán públicos mediante difusión en diarios de tirada nacional y provincial durante tres días, los datos y antecedentes de la persona que el Gobernador decida postular para cubrir el lugar.
Cabe destacar que el candidato postulado, además, debe presentar declaración jurada de bienes propios como de su entorno familiar cercano como así también detalles de vinculaciones con empresas, sociedades comerciales, estudios jurídicos y, dentro del límite que impone el secreto profesional, detalle de sus clientes.
Los antecedentes serán publicados en la pagina web del Ministerio de Justicia de la Provincia y durante 15 días los particulares y organizaciones no gubernamentales podrán presentar por escrito debidamente fundadas y ante el ministerio citado observaciones y/o impugnaciones a la postulación.
Finalizado ese plazo haciendo mérito a su decisión, el Poder Ejecutivo dispondrá la remisión o no de la propuesta respectiva al Senado provincial.
Cabe destacar que esta iniciativa constituye una autolimitación de una facultad que la Constitución provincial atribuye de manera privativa y excluyente al Gobernador.