Para Arias - dados los hechos, y luego de analizar elementos de prueba-, corresponde declarar la anulación del sumario que derivó en la separación del cargo al no haberse realizado debidamente el acto presumarial interno en el establecimiento.
“Corresponde así, declarar la nulidad de la disposición impugnada por afectar de modo ilegítimo el derecho constitucional a trabajar y a enseñar” afirmó en el fallo.
Asimismo, el magistrado agregó que “en función de lo expresado entiendo que el órgano competente, esto es, el Consejo Directivo del Instituto Superior de Educación "Roberto Themis Speroni" debería expedirse respecto de los hechos que dieron lugar a la investigación presumarial, con carácter previo a la actuación sumarial establecida en el Estatuto del Docente, aplicándose dichas normas en tanto y en cuanto no resulten incompatibles con las normas internas de la Institución que el ordenamiento jurídico ha querido preservar”