La función de la policía, en estos casos, será la de proteger las manifestaciones frente a quienes trataran de impedir, perturbar o menoscabar el ejercicio de este derecho pero no intervendrá en las discusiones o debates ni hará uso de la palabra para advertir a los participantes.
Además, según el artículo 6 del proyecto, “los participantes en reuniones o manifestaciones, que causen daños a terceros, responderán directamente por ellos, subsidiariamente, las personas naturales o jurídicas organizadoras o promotoras de reuniones o manifestaciones responderán por los daños que los participantes causen a terceros sin perjuicio de que puedan repetir contra aquellos, a menos que hayan puesto todos los medios a su alcance para evitarlos”.
La autoridad de aplicación podrá suspender y en su caso proceder a disolver las reuniones o manifestaciones cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. Tales resoluciones se deberán comunicar previamente a los concurrentes en la forma legalmente prevista. También podrá proponer la modificación de la fecha, lugar, dirección, itinerario de la manifestación. En este caso la resolución deberá estar debidamente fundada y notificarse en el plazo máximo de 48 horas. Los organizadores tendrán la posibilidad de interponer recurso ante el Ministerio del Interior o los respectivos gobernadores contra una medida de esa naturaleza.
El polémico proyecto también prevé multas de $ 100 a $ 10.000 o, su defecto, arresto de 1 a 30 días para los organizadores o promotores de toda reunión disuelta por las causas indicadas en el artículo 16; para los participantes de una reunión que desobedezcan la orden de disolución impartida por la autoridad policial; para los participantes que con sus actos produzcan alteración del orden público o para los organizadores o promotores de una reunión para cuya realización se hubiere denegado el permiso previo.
El diputado radical Costa justificó el proyecto en razones de orden social, político y jurídico. “Una sencilla proyección de la situación (en alusión a los hechos protagonizados por diversos grupos piqueteros) pone en evidencia que los episodios violentos pueden incrementarse no sólo por la falta de respuesta del Estado a la protesta social, sino también por las disputas internas que sufren las organizaciones piqueteras” dijo. Y agregó: “Frente a esta situación, nos encontramos con un vacío jurídico. Este es ocasionado por la inaplicabilidad de la ley 20.120, totalmente superada por el tiempo transcurrido desde su sanción, hace ya más de treinta años”.
Costa aprovechó al ocasión para mandar un mensaje al gobierno: “El momento exige que el Poder Ejecutivo planifique y ejecute cursos de acción que permitan paliar los justos reclamos sociales, con un horizonte futuro de eliminación de las causas que los provocan, sin hacerse el distraído cuando el desborde de unos pocos y la intolerancia de muchos contribuyen a enrarecer el clima social de la Argentina”.
Pedido de interpelación
Por su parte, el bloque de senadores de la UCR presentó un nuevo pedido de interpelación al ministro de Justicia, Gustavo Béliz, para que explique los motivos "por qué el gobierno no aplica las disposiciones penales vigentes en el caso de cortes de ruta o entorpecimiento en el normal funcionamiento de los transportes o servicios públicos". Los radicales también quieren saber qué actitud tomará el gobierno frente a los destrozos realizados por los miembros del movimiento piquetero liderado por Luis D´Elía en la comisaría 24.
Además, los diputados pretenden conocer "qué medidas concretas se han adoptado para evitar en el futuro la toma de comisarías, fiscalías, edificios públicos y lugares privados por parte de grupos vandálicos y qué ordenes se han impartido a las fuerzas del orden para que en el futuro cumplan su función de defensa de la seguridad de los ciudadanos que cumplen eficientemente la ley".