Con la firma del decreto 906/2004 se formalizó la creación del Consejo Consultivo de Inversiones de los Fondos Fiduciarios del Estado Nacional, en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. La medida obedece a la necesidad de adaptar las políticas de inversión de los recursos disponibles a las prioridades del Estado nacional, compatibilizándolas con el objeto para el que fueron creados los distintos fondos fiduciarios, sin afectar el desempeño de su actividad específica.
Es decir, que la inversión nacional se focalice en las obras de infraestructura imprescindibles para lograr la reactivación de la economía con las consecuentes mejoras en el nivel ocupacional y en la distribución del ingreso. Será función del Consejo Consultivo instruir sobre la inversión de las disponibilidades líquidas sin aplicación temporaria de los fondos fiduciarios del Estado nacional. A tal efecto, podrán requerir a los fondos fiduciarios alcanzados por el presente decreto la realización de informes y análisis técnicos a fin de adoptar los criterios necesarios para decidir las inversiones a impulsar, y también podrá solicitarles los informes que permitan supervisar el cumplimiento de las instrucciones impartidas. El decreto será de aplicación a los fondos fiduciarios mencionados en el anexo y a aquellos que puedan crearse en el futuro.(Texto completo al final)
Impugnación
Sobre el límite del plazo para manifestar adhesiones y/o impugnaciones, un ex senador provincial presentó ante el ministerio de Justicia una impugnación a la Dra María del Carmen Falbo como candidata a la Procuración General de la Corte bonaerense. El ex legislador radical, Héctor Bertoncello, cuestionó la labor de la actual diputada nacional cuando era subsecretaria de Justicia bonaerense, sobre todo en la instrumentación del Código Procesal penal en 1998. Al respecto dijo que se observaron “los ejemplos de la verdadera situación de impunidad a la que ha llevado la vigencia de los llamados Juzgados de Transición” creados con el nuevo sistema. Asimismo, le endilgó a Falbo haber llevado “a la sucesiva postergación de la puesta en marcha del Fuero Contencioso-administrativo, pudiendo poner como ejemplo, la ciudad de Bahía Blanca, donde se ha reducido el número de Jueces de Primera Instancia, de tres a uno, pero aún así todavía no ha comenzado a funcionar”. También sostuvo que “el drenaje de fondos que insumió la puesta en marcha del sistema Procesal Penal, cuyas partidas presupuestarias, aumentan año a año, insumiendo compra y alquiler de edificios, contratación de abogados, ha impedido un desarrollo armónico de todo el Sistema Judicial de la Provincia”.
Medida de fuerza
Los empleados judiciales de Córdoba reanudaron la actividad luego de la feria judicial con medidas de fuerza reclamando una mejora salarial que supere los 150 pesos, ofrecidos por el Tribunal Superior de Justicia. El reclamo de los judiciales se centra en que el resto de los empleados públicos de la provincia ya recibieron aumentos de salario, quedando ellos, según evalúan en situación de desigualdad. Para los dirigentes sindicales los fondos para los incrementos deben salir de los recursos obtenidos por el cobro de las tasas de justicia, cuestión que ha sido reiteradamente rechazada por los miembros del Tribunal Superior.
Condena
El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -que no puede ser apelado- obliga al país a cumplir 23 tareas y a pagar una indemnización de 6,5 millones de dólares a familiares de las víctimas. Es la tercera vez en la historia que la Corte condena al Estado colombiano y en esta ocasión lo halló responsable de la muerte de 19 comerciantes, a manos de grupos paramilitares, ocurrida en Puerto Boyacá el 6 de octubre de 1987. En declaraciones periodísticas, Alvaro Uribe, presidente de Colombia señaló que “El nuestro es un país de leyes y hay que respetar los fallos de las cortes". La condena es histórica porque por primera vez un tribunal internacional le pasa al Estado colombiano una cuenta de cobro por avalar “la creación y fortalecimiento” de grupos de autodefensas en la década de los 80. La masacre de los comerciantes fue en su momento el anuncio de un rosario de muertes colectivas a manos de los llamados paramilitares. Precisamente, la Corte Interamericana dice que las actuaciones de la justicia colombiana para esclarecer los hechos no fueron “satisfactorias”, pues transcurridos 17 años de la masacre aún no se han condenado a todos los autores materiales. Además de la indemnización de 6,5 millones de dólares, la CIDH ordenó al gobierno colombiano a reabrir la investigación para identificar y juzgar a los autores materiales e intelectuales; buscar los restos de las víctimas en un plazo razonable y entregarlos a sus familiares; erigir un monumento con una placa conteniendo los nombres de las víctimas; y garantizar la vida, y seguridad de las personas que declararon otorgándoles la protección necesaria.