19 de Julio de 2024
Edicion 7009 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/07/2024

La justicia cordobesa impide detención de un soldado

La Cámara Federal de esa provincia le impidió al Ejército que se detenga a un soldado voluntario que desertó por no soportar movimientos vivos que le causaron lesiones.

 
La Cámara Federal de Córdoba ordenó al Ejército que se abstenga de detener a un soldado voluntario que desertó por haber sido obligado a realizar "movimientos vivos" con los que se lesionó. El caso ocurrió en 1997 y afectó a Gonzalo Martín González, quien se encontraba contratado por el Ejército para el servicio militar activo, quien en determinado momento salió de la unidad y no regresó más, lo que motivó que se ordenara su captura.

Ante ello, González presentó ante la jueza Cristina Garzón de Lascano un habeas corpus para impedir ser detenido, y en su presentación denunció que un superior, al que identificó como "sargento Gamero", lo obligó a realizar "movimientos vivos", en los que sufrió la rotura de meniscos en la rodilla izquierda. Ante la presentación, la magistrada hizo lugar al habeas corpus, y ordenó la inmediata cesación de la orden de captura dispuesta por el ejército.

La medida fue apelada por la institución castrense, por lo que la causa recayó en la Cámara de Apelaciones, que ordenó al ejército que se abstenga de ejecutar el arresto, pero dejó sin efecto el habeas corpus.

En su resolución, el alto tribunal dispuso también que el soldado deberá presentarse al Batallón de Ingenieros número 11, para acreditar los motivos por los que no compareció antes, y solicitar la baja.



dju / dju
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