17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

Brevatas

CASSABA fijó plazo para ejercer opción de permanecer afiliado a otra Caja Profesional de Abogados | Comisión Bicameral de modificación del Código Penal | Modificación al régimen de subrogaciones de tribunales inferiores nacionales | Establecen puntajes a los cursos de la Escuela Judicial para Concursos Públicos | Plan de entrenamiento y capacitación continua de jueces de paz en Río Negro.

 
Plazo

La Caja de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA) por medio de la resolución No. 002-D-2004 estableció que el plazo de noventa días establecido en el articulo 5 de la ley 1181 para ejercer la opción de permanecer afiliados en otra Caja Profesional de Abogados, se inicia el día 2 de enero de 2005 y expira el día 11 de mayo de 2005, con un plazo de gracia hasta el día 12 de mayo de 2005, a las 13,00 hs. Resolvió también que para el caso de profesionales recibidos hasta la fecha de publicaciòn de la ley (B.O. 2-12-03) y a quienes no se les haya entregado el tìtulo respectivo, dicho plazo se iniciará al día siguiente de la fecha de expedición del título, si fuese posterior al 1º de enero de 2005. La resolución fue firmada el 19 de Agosto por el presidente Hugo Germano y la secretaria Stella Maris Borrego a raíz de que el art. 5 párrafo segundo de la ley 1181 -de aplicación obligatoria a partir del 1º de enero del año 2005 (disposción transitoria X)- prescribe que los profesionales obligatoriamente afiliados a otra caja profesional para abogados podrán manifestar la opción de permanecer en dicha caja y exceptuarse de cumplir con el Aporte Mínimo Anual Obligatorio (AMAO), en el plazo de noventa (90) días, los cuales serán computados en días hábiles administrativos (art. 22 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la C.A.B.A)

Comisión bicameral

Tras la presentación ante el Congreso del pasado jueves por parte de Juan Carlos Blumberg, la Cámara de Senadores ha reflotado la idea de constituir una comisión bicameral para modificar el Código Penal Nacional. Esta comisión contribuiría a subsanar omisiones y olvidos tales como el castigo con prisión efectiva a la portación, tenencia y ocultamiento de armas de fuego sin distinción de calibre. Asimismo, podría tratar la baja de la edad de imputabilidad de 18 a 16 años, que deberá ser precedida por la aprobación de un régimen de protección del niño. La comisión estaría compuesta por los diputados Carlos Ruckauf, Daniel Basile, Jorge Casanovas, Guillermo Jonson, Jorge Argüello, Gerardo Conte Grand, Cristian Ritondo, Manuel Baladrón, María Lelia Chaya, Ricardo Falú, Julio Gutiérrez, Pascual Cappelleri, Federico Storani, Hernán Damiani, Víctor Fayad, Nilda Garré, Marcela Rodríguez, Adolfo Rodríguez Saá y Jorge Vanossi, entre otros. Por la Cámara Alta participarán Jorge Agúndez, Jose de Savalía, Carlos Prades, Miguel Ángel Pichetto, Jorge Yoma, Cristina Fernández de Kirchner, Ramón Saadi, Ricardo Gómes Diez, Rubén Giustiniani, Diana Conti, Vilma Ibarra y Carlos Rossi.

Subrogación

Por resolución 292/2004 del Consejo de la Magistratura se incorporó como último párrafo del artículo 9º del Reglamento de Subrogaciones de los Tribunales Inferiores de la Nación (aprobado por resolución 76/04) el siguiente texto:“Si durante el trámite de las investigaciones que se llevaren a cabo en las Comisiones de Acusaciones y Disciplina, se hubiere reunido prueba que verosímilmente permita suponer que los hechos atribuidos configuran faltas graves, previa citación del denunciado, las comisiones respectivas podrán aconsejar al Pleno de este Cuerpo la separación preventiva del cargo ejercido y su exclusión provisoria del listado de magistrados subrogantes, la que se mantendrá hasta que se dicte resolución definitiva. En caso de desestimarse la denuncia se restituirá al denunciado en el cargo y en la lista correspondiente”.
La modificación fue propuesta a iniciativa del consejero Beinusz Szmukler quien propuso cubrir el vacío normativo vinculado a la remoción de los jueces subrogantes designados conforme al mencionado reglamento. (Texto completo al final)

Puntaje

El Consejo de la Magistratura resolvió otorgar a los postulantes que acrediten haber aprobado cursos, seminarios o talleres organizados por la Escuela Judicial un puntaje de catorce milésimos (0,014) por hora de desarrollo, a los efectos del artículo 34, apartado II, inciso c), del Reglamento de Concursos Públicos para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación. Entre los considerandos se expresó que resulta oportuno y conveniente establecer el valor de los cursos realizados en la Escuela Judicial ya que si bien la concurrencia a la Escuela Judicial no es obligatoria, puede ser evaluada como antecedente para los concursos públicos para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación.
La Escuela Judicial inició sus actividades el 4 de septiembre de 2002, habiendo concurrido a los cursos, talleres y seminarios dictados aproximadamente mil novecientos (1900) alumnos durante los cuatro semestres lectivos cumplidos hasta el presente.

Capacitación

El Presidente del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, Víctor Sodero Nievas, se reunió con los jueces de paz de la provincia en la sede tribunalicia de Choele Choel. El encuentro se realizó en el marco del Plan de Entrenamiento y Capacitación Continua que reciben los Jueces de Paz y el personal de estos organismos de toda la provincia. La temática que les ha sido adjudicada por ley, se refiere al conocimiento de causas de menor cuantía, ejecuciones fiscales municipales, causas individuales de reclamos de usuarios y consumidores, jueces de faltas, primera instancia del fuero de familia y de mediación en causas de violencia doméstica o familiar. Durante la reunión se abordaron como capítulos generales, temas tales como sentencia, ejecución de sentencia y medidas cautelares que atienden los jueces de paz. El presidente del Superior Tribunal de Justicia, disertó sobre el nuevo capítulo de la defensa individual de usuarios y consumidores. Esta novedad, atiende a que Río Negro se constituye en la única provincia de Argentina que tiene consagrado un espacio específico dentro del Poder Judicial para la tutela de ese derecho que está en la Constitución Nacional. Finalmente, destacaron la importancia que adquiere el hecho en que los justiciables sepan que pueden encontrar en los juzgados de Paz un espacio para reclamar por cualquiera de las cuestiones vinculadas al tráfico, al comercio y al intercambio de bienes y servicios.



dju / dju
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