La Inspección General de Justicia resolvió a través de la resolución general 23/2004 prorrogar la entrada en vigencia de los artículos 2º a 7º de la Resolución General Nº 20/ 2004, que establecieron una reglamentación relativa a la garantía de los directores de sociedades anónimas aplicable en lo pertinente a los integrantes de órganos de administración de las sociedades de responsabilidad limitada y comandita por acciones, la cual estaba prevista para el día 7 de octubre del corriente año. La prórroga se debe a que algunas de las modalidades de cumplimiento de la garantía suponen la prestación de servicios por parte de terceros interesados como entidades financieras oficiales y privadas, cajas de valores, compañías de seguros, etc. Asimismo en los considerando se especificó que por la especificidad de algunas de dichas modalidades, se torna aconsejable, para una mejor implementación, invitar a la participación de diversas entidades del sector público y privado a fin de que presenten los estudios o formulen las propuestas o sugerencias que estimen del caso. De esta forma se prorrogó por el término de SESENTA (60) días que se contarán a partir del 7 de octubre de 2004 la entrada en vigencia de los artículos 2º a 7º de la Resolución General I.G.J.Nº 20/04, con su modificación introducida por el artículo 2º de la Resolución General I.G.J.Nº 21/04.
Seguridad con seguro
Una entidad que nuclea a familiares de víctimas de accidentes de tránsito pidió a la Justicia que prohiba la circulación de vehículos sin seguro en todo el país. El abogado Gregorio Dalbón, presidente de Familiares y Víctimas de Accidentes de Tránsito (FAVAT), radicó el planteo en el juzgado civil y comercial federal número cinco, a cargo de Jorge Diego Anderson. Recordó que la ley de tránsito obliga a los conductores a asegurar sus coches, pese a lo cual uno de cada cuatro unidades no lo cuenta. Dalbón explicó que si un automóvil sin seguro sufre un siniestro "las víctimas no tendrán reparación alguna, salvo que el dueño tenga patrimonio para afrontar los jucios". Según el titular de FAVAT, si el juez Anderson hiciera lugar a su pedido, "el que no cumpla estará cometiendo el delito de desobediencia y sería pasible además de penas de hasta un año de prisión".
Problemas de Agenda
La comisión de Seguridad Interior de la Cámara de Diputados suspendió la reunión que iba a realizar con el ministro Aníbal Fernández hasta el próximo miércoles por problemas de agenda del titular de la cartera. En ese sentido, el presidente de la comisión, Fernando Montoya, indicó que el presidente de la Cámara, Eduardo Camaño, le trasmitió anoche que Fernández tenía problemas en asistir a la reunión por estar "sobrecargado" de trabajo en ausencia del presidente, Néstor Kirchner. Al respecto Montoya consideró que la reunión de trabajo que tenía prevista con Fernández y el secretario de Seguridad, Alberto Iribarne, podía ser pospuesta sin inconvenientes hasta el 29 de setiembre a las 12. En el encuentro estaba previsto consultarle al ministro de Interior sobre diversos asuntos, como el traspaso de parte de la Policía Federal a la Ciudad de Buenos Aires, entre otros.
Extradición
Por unanimidad la Suprema Corte de Justicia Uruguaya desestimó un pedido hecho por la Argentina hace tres años para extraditar a los militares José Gavazzo, Jorge Silveira, Julio Vadora y Manuel Cordero. Así entendieron que el Poder Ejecutivo del país oriental actuó legalmente cuando, invocando razones de orden público, no trasladó a los tribunales la solicitud argentina. La sentencia afirma que tal solución se encuentra expresamente en el último tratado firmado entre Uruguay y Argentina, que otorga al Ejecutivo la facultad de rechazar la extradición por razones de orden público. En esa norma, se atribuye competencia tanto para recibir y diligenciar las solicitudes de extradición como para decidir a su respecto.