Esto llevó a la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) a intimar al gobierno provincial a solucionar de inmediato la crisis que se vive bajo apercibimiento de llevar el caso al plano internacional, lo que despertó la atención de funcionarios de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que se llegaron hasta la provincia para estudiar el tema.
Por su parte, la Defensoría del Pueblo de la provincia de Jujuy en su reciente resolución N° 043-DPJUJ-04 y Anexo I, la que fue enviada al Ministro de Gobierno, Justicia y Educación, y al Jefe de Policía de la Provincia recomendó arbitrar las medidas necesarias para que en Comisarías y lugares de detención ambulatoria pertenecientes a la Policía de Jujuy, se cumpla el Reglamento General de Custodia y Traslado de Detenidos en todas partes a fin de evitar violaciones a los derechos humanos; como así también el aseo, atención médica y alimentación de los detenidos.
En la misma se indicó que no se cumplen con las disposiciones legales y constitucionales de lugares físicos y adecuados de detención, controles de aseo, atención médica y alimentación de los detenidos, lugares para la atención de los abogados defensores, celeridad en el traslado de los detenidos, fundamentalmente desde lugares del interior de la provincia, régimen de detención de menores y de las mujeres.
Esto se suma al problema de la provincia de Mendoza, el cual ya ha sido elevado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por los abogados de los familiares de reclusos muertos en la penitenciaría de dicha provincia a causa de abusos policiales, en donde la CIDH dispuso que el Gobierno Nacional y el mendocino deberían informar cada 15 días sobre medidas de protección de salud y cuidado de la integridad física de los internos de los penales de Mendoza, a raíz de la muerte de 12 reclusos en lo que va del año.
El organismo internacional hizo lugar al recurso de amparo interpuesto el 12 de julio último por seis abogados mendocinos que se basaron en lo dispuesto en el Pacto de San José de Costa Rica.
Por su parte, contra la provincia de Buenos Aires se encuentra tramitando ante la Corte Suprema una causa iniciada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en donde se interpuso un recurso de hábeas corpus colectivo en amparo de todas las personas privadas de su libertad en dicha jurisdicción, que se hallaren detenidas en establecimientos policiales superpoblados, y de todas aquellas detenidas en tales lugares, pese a que legal y constitucionalmente su alojamiento debería desarrollarse en centros de detención especializados.
La ONG señaló la ”superpoblación y hacinamiento” que deben padecer las personas privadas de su libertad ya que al mes de octubre de 2001, en las 340 comisarías que funcionan en el territorio bonaerense y que poseen una capacidad para 3178 detenidos, se encontraban alojados en ellas 6364 personas.
Luego de que la Sala III del Tribunal de Casación se declarara incompetente y rechazara el hábeas corpus, el CELS se presentó en queja ante la Corte Suprema de Justicia, en donde ya existe dictamen de la Procuración General de la Nación, favorable a la pretensión de la entidad que aguarda su resolución por parte del tribunal..
Por último, encontramos el caso de la provincia de San Luis, en la cual en autos “Hábeas Corpus Correctivo a favor de población penal Villa Mercedina de la Penitenciaria de la Provincia de San Luis el Juez de Instrucción Penal N° 1 de la ciudad de Villa Mercedes (San Luis), Dr. Julio César Fernández Tritches intimó al cumplimiento de ciertas pautas a los efectos de revertir determinadas necesidades del los internos y en la advertencia del respeto de los principios constitucionales.
La causa fue iniciada por familiares y amigos de procesados y condenados por los tribunales penales de esta ciudad y vecinos de la ciudad de Villa Mercedes representados por los Dres. Eduardo Luis Estrada Dubor y Jorge Javier Quiroga en donde el juez admitió el hábeas corpus colectivo, al entenderlo consagrado por la Constitución Nacional y Provincial.
Luego de una inspección ocular en el Servicio Penitenciario Provincial, donde se comprobó que existe superpoblación, deficiencias en el sistema eléctrico y lumínico, y no hay agua en la celdas, entre otras cosas, en su resolución del 12 de junio el magistrado intimó al Servicio Penitenciario provincial a que mejorara las condiciones de habitabilidad de los internos en la celdas individuales y propendiera a la ampliación de la capacidad de habitabilidad de la penitenciaria, como así también a solucionar los desperfectos e inconvenientes detallados en la inspección ocular, situaciones todas, que evidencian un deterioro creciente en las condiciones del sistema carcelario a nivel nacional.