20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Eramos pocos y apareció el "Laminado de Seguridad"

Con el propósito de evitar la adulteración de firmas la Corte Suprema de Justicia puso en marcha el sistema de "laminado de seguridad".

 
Con la intención de evitar la adulteración y falsificación de firmas, la Corte Suprema de Justicia puso en marcha el sistema de "laminado de seguridad" que, en principio, y de manera experimental, se implementará en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.

El nuevo sistema es el fruto de un convenio suscripto entre la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Justicia y el Colegio de Escribanos de la Capital Federal, y atiende a las inquietudes de numerosos magistrados en relación a la adulteración y falsificación de firmas.

El laminado de seguridad es un adhesivo con identificación numerada que deberá ser colocado en cada uno de los folios del oficio que ordene una medida ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.

Por esa razón, el Alto Tribunal, mediante la resolución 255, dispuso notificar a las distintas Cámaras de todo el país para implementar dicho sistema en "los documentos expedidos por los órganos judiciales del Poder Judicial de la Nación que deban ser inscriptos o anotados en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal".

La resolución precisa que la naturaleza del mecanismo que --a modo experimental-- se inicia con el registro porteño, "impone delimitar las funciones y responsabilidades que de ellas se desprenden, atento la intervención encadenada de órganos extrajudiciales y judiciales que el mismo supone".

Vale decir que los tribunales deberán contar con laminados de seguridad a fin de actuar en sintonía con el registro capitalino.

Para ello se dispuso que el Secretario de Superintendencia de cada cámara sea el responsable y el habilitado para el manejo y resguardo de los adhesivos, lo que deberán reclamarse ante la Administración General de la Corte, que a su vez pondrá en marcha una "Unidad de Recepción y Distribución".

Asimismo, se aprobó el contenido de un "anexo" a dicha resolución por el cual se establece el procedimiento por el cual se pondrá en practica el sistema de "laminado de seguridad", que tiene como objetivo "garantizar el mayor margen de seguridad en los trámites, y el implícito de mejorar el servicio de justicia", para lo cual la Corte reclama "garantizar la fluidez del mecanismo y evitar dilaciones o excesos de burocracia".

El laminado adhesivo deberá constar en cada uno de los folios y el último deberá colocarse encima de la firma del juez, cubriéndola parcialmente en su sección transparente. El mecanismo establece que sólo se cubrirá la firma de la mitad hacia abajo, dejando la parte superior descubierta, en virtud de la eventualidad de que fuese necesario efectuar una pericia caligráfica.Los laminados de seguridad serán provistos por el Registro de la Propiedad inmueble de la Capital Federal y entregados a la Unidad de Recepción y Distribución.

"Sobre la base de la estimación efectuada por cada fuero, la Unidad entregará a cada uno de los responsables designados nominativamente por las Cámaras, la cantidad de adhesivos requerida para todos los tribunales del fuero, incluyendo la Cámara cuando así proceda.

El procedimiento también establece que "para las Cámaras del interior del país, el envío se realizará dirigido en forma nominal al agente designado como responsable, por correo con identificación del receptor y fecha".

Los responsables de cada fuero, señala, "procederán a la distribución de los adhesivos entre los tribunales del fuero, mediante el mismo mecanismo de recibos y de identificación", a la vez que destaca que "toda perdida, sustracción o inutilización de un laminado de seguridad deberá ser comunicada obligatoriamente por el magistrado interviniente" al Registro capitalino, dentro de las 48 horas de producido el hecho.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486