28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Juicios penales contra padres de menores delincuentes

Los casos de La Pampa y Entre Ríos, donde se condenó y se inició el juicio penal contra padres de adolescentes que cometieron delitos, abrieron la polémica en el ámbito de la Justicia, a pesar de que las soluciones aplicadas están contempladas por la ley.

 
En el caso de La Pampa, por una reciente modificación al Código Procesal Penal, los padres de una menor de 15 años, que está acusada de hurto 632 pesos, podrían ser llevados a juicio oral. Los protagonistas viven en Winifreda, un pueblo de 2.300 habitantes ubicado a unos 50 kilómetros de Santa Rosa. La investigación de la policía, iniciada a raíz de la denuncia hecha por el dueño de un taller mecánico, terminó con un allanamiento de una casa humilde donde se encontró el dinero robado. A partir de allí, se aplicó un artículo del nuevo Código que obliga a la Policía y a los fiscales a iniciar un proceso a los padres de menores involucrados en un delito. La menor acusada, por su parte, afronta una causa judicial por "hurto" en el Juzgado de la Familia y el Menor.

Según el artículo 168 bis del Código Penal pampeano, entró en vigencia el 16 de setiembre de este año, los fiscales están obligados a promover "acción penal independiente contra los padres, tutores u otra persona respecto de la cual el menor se encuentre bajo cuidado, cuando pudiere surgir la participación criminal de estos últimos, sea como cómplices, instigadores o por incumplimiento de los deberes de cuidado inherentes a su condición".

La modificación del Código Procesal generó una fuerte polémica en La Pampa. De hecho, los partidos de la oposición acusaron al Gobierno provincial de Carlos Verna, de sancionar una norma "demagógica". Por el momento, los padres de la joven enfrentarán una indagatoria. La Justicia deberá resolver, luego, si fueron cómplices del hurto o si la falta de cuidado de la menor los hace culpables del incumplimiento de los deberes de padres.

El caso de Entre Ríos es distinto. Allí, un juez dispuso 10 días de arresto para los padres de dos menores que cometieron delitos aplicando la Ley de Patronato de Menores, que data de 1919. La medida polémica fue dispuesta por el juez de Instrucción de Nogoyá, Sebastián Gallino, a raíz de la reincidencia de los menores y el incumplimiento de los padres en controlar la conducta de sus hijos. La norma también establece multas de hasta 10.000 pesos o un mes de detención para quienes "aparezcan culpables de negligencia grave o continuada respecto a los menores a su cargo y que no importen delitos del derecho penal".

Varios especialistas en derecho de familia señalaron que el fondo del problema radica en el conflicto social existente hoy en día, y que en materia de derecho de familia la intervención penal debe evitarse, indicando finalmente que estas situaciones implican violar la personalidad de la pena.



dju / dju
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