El Código que estaba vigente hasta hora funcionaba desde 1854. Recién en 1997, el actual presidente de ese país formó una comisión de juristas y académicos, juntos a activistas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, con el fin de constituir el foro de Apoyo a la Reforma Procesal Penal. La coordinación de ese comité fue asumida por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), la cual solicitó la asesoría del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), con sede en nuestro país.
En el nuevo sistema, el juez de la instrucción tendrá una función de control o garantía, ya que velará por el buen desarrollo de la fase de instrucción, debiendo decidir sobre las solicitudes de medidas cautelares realizadas por el fiscal; garantizar los derechos del inculpado, la víctima y de los demás intervinientes en el proceso; y resolver todos los incidentes que se promuevan durante esta etapa y en la Audiencia Intermedia.
Tiene entre sus principios fundamentales, la garantía de una justicia rápida y cumplida, y la creación de opciones para solucionar conflictos, a fin de que casos menores se resuelvan sin que lleguen a juicio. Además, queda establecido que la audiencia preliminar será oral y pública y que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de 10 días, ni mayor de 20 después de concluida la investigación.
El Presidente de República Dominicana, Leonel Fernández, declaró durante la ceremonia de presentación del nuevo Código, que la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal no es suficiente y agregó: "La reforma judicial va acompañada de una reestructuración profunda de la policía, y una reforma carcelaria que, a su vez, forman parte de la modernización del Estado, la economía y la sociedad en la República Dominicana".
La aplicación del nuevo Código será parcial, ya que los casos pendientes de juicio seguirán bajo el anterior procedimiento criminal, para lo cual la Suprema Corte de Justicia destinará tribunales y jueces que los concluirán.