16 de Julio de 2024
Edicion 7005 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/07/2024

Bustos Fierro repartió críticas y elogios

El juez calificó de inexpertos a algunos miembros de la Acusación. En cambio consideró meduloso y profundo el fallo del Jury. En esto último, coincidieron con Bustos Fierro, Héctor Masnatta y Jorge Bacquè.

 
El juez federal de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro consideró que el Consejo de la Magistratura está pagando precio a su inexperiencia y se esperanzó con que en el futuro se irá corrigiendo al mismo tiempo que ponderó el criterio jurídico del Jury de Enjuiciamiento que, a su entender, lleva tranquilidad al resto de los magistrados que pueden atravesar una situación similar.

Por su parte el ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra -obviamente- se mostró respetuoso del fallo del tribunal con el argumento de que se trata de "una decisión de un organismo que establece la Constitución". También se expidieron varios constitucionalistas, entre ellos el ex convencional constituyente y ex juez de la Corte, Héctor Masnatta y el actual presidente del Colegio de Abogados y ex juez de la Corte, Jorge Bacqué, quienes coincidieron con el fallo del Jury que absolvió al juez cordobés.

Estas son las opiniones de cada uno de ellos: Bustos Fierro:

# Fue un proceso largo y difícil para mi. Uno se satisface enormemente con que la Constitución funciona y los organismos que se crearon en el 94 empiezan a dar resultados. Tanto que pese a haber sido acusado por el Consejo de la Magistratura, el Jury aplicó un criterio totalmente independiente. Lo importante para los magistrados, preocupados por la cosa pública, lean detenimiento tanto la opinión de la mayoría y como de la minoría . Es una resolución medulosa, profunda, que avanza en muchos temas muy importantes. En el futuro, los jueces pueden saber a que atenerse.

# Yo resolví una medida mínima dentro del Derecho que no causa estado y pese a eso se originó este juicio. Una de las razones de la minoría del Jury y de la Acusación son las suposiciones de mi vinculación con el partido político que estaba en el Gobierno.

Creo que se equivocan gravemente porque no tengo ninguna vinculación estrecha con el peronismo, sí con algunos de sus miembros en Córdoba, como los tengo -casi diría en mayor número- con gente del partido radical.

# Yo fui designado por (ex gobernador de la UCR, Eduardo) Angeloz. Pero además tengo 40 años en la Justicia y jamás en mi vida sufrí presiones de nadie. Puedo decirlo con orgullo: nadie me presionó.

# En esta causa que presentó el PJ de Córdoba nadie me fue a pedir nada. (Domingo) Carbonatti (apoderado del partido) hizo lo que hacen normalmente todos los abogados cuando inician un escrito en una causa importante: lo visitan al juez y le cuentan el caso (alegato de oído) pero luego presentan su escrito por ventanilla y el juez se reserva del derecho de decidir en una u otra dirección. Esa fue toda la vinculación que tuve con el PJ. Y por eso, surgió todo esto. Al (ex) presidente (Carlos) Menem, no lo conozco.

# En iguales circunstancias volvería a fallar de esta manera. No puedo hacer otra cosa y eso no lo entienden los miembros de la minoría del Jurado. Esta es una causa que se inicia por una Acción Declarativa de Certeza. Está reglada por el Código de Procedimientos. Se trata de un juicio ordinario que solo puede ingresar por la secretaría Civil, no la Electoral. El juez puede fijar que trámite sigue: juicio ordinario común, juicio sumario o juicio sumarísimo. Yo le imprimí el carácter de juicio sumario.

# (La jueza electoral porteña, María) Servini de Cubría no tiene competencia para intervenir en esta causa porque no es una causa electoral. La competencia de los jueces electorales está reglada, solamente pueden intervenir por imposición de la ley de los Partido Políticos, ley Electoral Nacional y ley de Creación de la Cámara Federal Electoral. No se admite en la Justicia Electoral un trámite de juicio ordinario.

# Si no le hubiera dado curso (al planteo de Carbonatti), sí, incurro en un delito porque caigo en denegación de Justicia. No puedo decirle a una persona que pide, por ejemplo, el desalojo de una propiedad -también se trata de un recurso de amparo- decirle no es correcto y lo rechazo "in límine". Puedo decirle que es incorrecto pero al final cuando dicte la sentencia, no antes.

# De la Constitución ni hable. Este tema nada tenía que ver con la Constitución en ese momento. Era solo un problema procesal. El derecho de un ciudadano de intervenir en un proceso político. Fíjese que la causa devino abstracta cuando se vencieron los términos y el ex presidente no se presento. Sin embargo pude haber sido destituido por una causa abstracta.

# Hay muchas cosas que el Consejo tiene que aprender. Han estado en esta tarea mucho tiempo. Todo esto es nuevo, es un organismo que creó la Constitución del 94, muchas decisiones son fruto de la inexperiencia, falta de entrenamiento, algunos presionados circunstancias decidieron tomar medidas. Espero que con el tiempo vayan mejorando. Personalmente me sentí muy mal.

En realidad es como haber alterado todo el sistema jurídico porque no se respetó el ciclo de corrección natural de las sentencias de un juez de primera instancia: la cámara y luego la Corte.

# Esto (el juicio) no hubiera pasado con el anterior sistema. Nunca hubo, en 150 años vida institucional del país, con la Constitución del 53, un caso en que un juez fuera destituido por el contenido de sus sentencias.

# Este fallo es meduloso y profundo, los miembros del Jurado que lo redactaron quisieron sentar jurisprudencia. Establece cuales son las reglas para juzgar a un juez. Es un caso símbolo, espero que sirva para que ahora en adelante, esta óptica sea la que guíe la actuación de los miembros del Consejo.

# Vuelvo a Córdoba -reasumirá en el juzgado en una semana- con la misma fuerza, a ejercer la magistratura con el mismo entusiasmo que el mantenido hasta ahora. Si se hubiera insistido en juzgar a los jueces por el contenido de sus sentencias, se crearía en el país una grave inseguridad jurídica. Hasta el punto de hacer desaparecer el sistema republicano de la división de poderes. Hubiéramos caído en una Justicia electiva.

# La teoría del desprestigio social expone a los jueces a operaciones de todo tipo, fundamentalmente desde la prensa o de grupos políticos. Para ello habría que modificar la Constitución y establecer ese sistema que es perverso porque eso, se maneja, se manipula.


Gil Lavedra:

# Es una decisión del organismo que la Constitución establece para separar a los jueces. Y no tengo ningún comentario que hacer.

Masnatta:

# Es muy peligroso que a un juez se lo remueva porque tenga una opinión diferente a la de otros. Si bien no estoy de acuerdo con el pronunciamiento de Bustos Fierro por razones constitucionales y porque fue un error jurídico, eso no quiere decir que se lo pueda destituir porque el fallo es totalmente superable y para eso hay instancias superiores. Es muy peligroso que se cuestione a los jueces por lo que fallan. Es un grave error que se traslade toda cuestión en instancias judiciales al cuerpo político, pues para esto se ha creado el Consejo.

Bacqué:

# Un juez no puede ser juzgado por el contenido de una sentencia y si no se prueba dolo o culpa maliciosa no se lo puede sancionar. Es muy peligroso que un juez sea removido por una simple opinión, sino ningún magistrado podría trabajar tranquilo.

Descargue el fallo completo 27/04/2000



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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