Además, se eliminó del nuevo reglamento el artículo 22 que establecía que el registro de las sanciones impuestas caducaba automáticamente con el cese de la función del consejero sancionado, la cual importaba la supresión del registro de sanción en el legajo.
Ahora el nuevo reglamento deberá ser analizado por el Plenario del Consejo de la Magistratura que deberá decidir si aprueba o no el régimen que pretende aplicar sanciones a los miembros del cuerpo.
Recordemos que la base del proyecto es el artículo 7 inciso 14 de la ley que reglamenta éste ámbito de la justicia, la cual al regular la remoción de sus integrantes no preveía un marco disciplinario para los integrantes del consejo.
Se prevén así sanciones de advertencia, apercibimiento y multa de hasta el treinta por ciento del salario de juez de primera instancia, y a ello se agrega la remoción. Asimismo se considera adecuado mejorar las garantías de debido proceso en todos los casos, ya que las denuncias serán analizadas por una comisión de tres consejeros elegidos por sorteo que tendrán a su cargo la etapa inicial del procedimiento.