18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Una empleada sin suerte

Una mujer que ganó un juicio por diferencias saláriales, perdió la demanda de indemnización por despido y fue condenada a pagar honorarios por cerca de 18 mil pesos.

 
Una ex empleada que obtuvo una sentencia favorable en una causa por diferencias en el pago de haberes, perdió otra demanda de indemnización contra la misma empresa, de la que se había considerado despedida.

La mujer había demandado a la empresa por el retraso en el pago de haberes que, por distintos conceptos, formaban parte de su ingreso habitual, pero al no encontrar una respuesta favorable y tras sucesivas intimaciones se dio por despedida.

En la causa caratulada "Santillán c/Summer SA", la Sala 8 de la Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó un fallo de primera instancia del juzgado laboral 37, en el que se le rechazó a la demandante sus reclamos de indemnización por despido, y se la condenó a pagar cerca de 17.800 pesos en concepto de honorarios, decisión que fue apelado vía recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.

Según se pudo saber, la trabajadora llevaba 28 años en la empresa y reclamó pagos que, por distintos conceptos consideró les correspondían "conforme convenio".

Tras los siete años que se prolongó el juicio, la firma cesó su actividad, liquidó su patrimonio y dejó su domicilio. La Justicia entendió que la actitud de la demandante, al considerarse despedida, fue "especulativa, intempestiva e injustificada", por lo cual rechazó la demanda.

La jueza de primera instancia Mirta Carmen Torres Nieto, advirtió en su resolución luego apelada que "dada la gran desocupación existente en el país, resulta sospechoso que la actora haya adoptado tan drástica decisión, sin haber formalizado mas de un apercibimiento previamente" a considerarse despedida.

La defensa de la mujer, al fundamentar el recurso extraordinario, alegó que "se transgreden las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio causándole a la trabajadora un gran perjuicio moral y económico".



dju / dju
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