22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Para abortar no hace falta denunciar

Las mujeres brasileras víctimas de violación ya no estarán obligadas a denunciarlo o de demostrar haber sido víctimas de abuso sexual para que se les permita interrumpir su embarazo. Hasta ahora era una obligación. La medida causó rechazo en sectores conservadores y de la iglesia.

 
La dispensa ha sido emitida por el Ministerio de Salud de Brasil y se basa en el Código Penal, el cual no exige tales pruebas a las mujeres que denuncien haber sido víctimas de una violación. A raíz de ese hecho sufrido, las mujeres que aleguen haber sido violadas y estén embarazadas no tendrán la obligación legal de hacer la denuncia policial ni judicial, ni tampoco aportar documentos probatorios de que existió abuso sexual.

Además la medida oficial se ha encargado de cubrir las espaldas de los profesionales de la salud al establecer explícitamente que los médicos no deben temer consecuencias jurídicas en caso de que no encuentren evidencias físicas de que el embarazo interrumpido no fue resultado de violación.

No obstante, los médicos estarán obligados a “orientar” a las víctimas a realizar la denuncia policial o judicial. Sin embargo para el caso de que la mujer no quiera hacer la declaración policial, los médicos no “pueden negarle el aborto”. Además, ampara la posibilidad para aquellos médicos cuyas convicciones religiosas les impidan interrumpir embarazos, estableciendo que en estos casos el profesional puede plantear la “objeción de conciencia”.

Hasta este momento y desde 1998 en momentos en que ocupaba la presidencia Fernando Enrique Cardoso, la ley pese a permitir el aborto de los embarazos producto de una violación, exigía a la mujer la denuncia policial. La reciente medida ha escandalizado a los estamentos religiosos del país, quienes advierten que ahora “cualquier mujer podrá abortar en cualquier circunstancia, haya existido o no violación”.

En Brasil, el problema del aborto se ha convertido en un asunto público central, teniendo en cuenta que la interrupción del embarazo constituye la quinta mayor causa de muertes de parturientas. Según las estadísticas, el aborto clandestino es la tercera causa de muerte materna en Brasil, país que ocupa el lugar 65 entre los países que tienen fallecimiento de mujeres embarazadas.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486