22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Los de afuera no son de palo

El Consejo de la Magistratura de la Nación instó al fuero criminal nacional y federal para que cumplan con la Convención de Viena sobre relaciones consulares. El pedido se debe al reclamo del Consulado del Reino Unido de Gran Bretaña por no avisar de la detención de un extranjero. TEXTO COMPLETO

 
De ese modo el Plenario del Consejo aprobó un el dictamen que le envió la Comisión de Reglamentación que instaba a los fueros criminales a notificar a los consulados las detenciones de los extranjeros que representan legalmente.

El caso que motivo la declaración se dio cuando el cónsul del Reino Unido, Jim Edwards, se dirigió a Enrique Petracchi, para poner en su conocimiento la situación suscitada respecto del detenido, Bernard Adu Gyamfi, un ganes alojado en la Unidad Número 2 del Servicio Penitenciario Nacional.

Este recordó que el gobierno británico representa a los países del Commonwealth que no tienen misión diplomática en la Argentina y es responsabilidad propia asistir consularmente al citado ciudadano de Ghana. Al respecto, relató que a fines de marzo de 2004 se informó a la Embajada Británica que Gyamfi había firmado un juicio abreviado, habiendo estado detenido un año y medio.

En la Convención de Viena sobre Relaciones Internacionales están contenidas entre otras funciones consulares, las de proteger en el Estado receptor los intereses del que envía y de sus nacionales, sean personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional.

Es más el artículo 36.1, de la Convención citada, además, dispone que "Con el fin de facilitar el ejercicio de las funciones consulares relacionadas con los nacionales del Estado que envía: a) los funcionarios consulares podrán comunicarse libremente con los nacionales del Estado que envía y visitarlos.

Así dispone que los detenidos deberán tener la misma libertad de comunicarse con los funcionarios consultares de su país y visitarlos, además si el interesado lo solicita, las autoridades competentes del Estado receptor deberán informar sin retraso alguno a la oficina consular competente.

La declaración que fue aprobada estaba a consideración de los consejeros desde diciembre último pero fue recién unas semanas atrás, que se aprobó el dictamen por el cual los jueces y camaristas deberán cumplir con este acuerdo que el país suscribió hace varios años.



dju / dju
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