15 de Noviembre de 2024
Edición 7093 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/11/2024

La Cámara Federal rechazó la recusación de Suarez Mason contra Bagnasco

La Cámara Federal rechazó un pedido para que el juez Bagnasco sea apartado de la causa por el robo de bebes formulado por el ex general Suarez Mason.

 
La Cámara Federal ratificó al juez federal Adolfo Bagnasco al frente de la causa por la existencia de un plan sistemático para el robo de bebés durante la dictadura militar, al rechazar una recusación que por presunta "enemistad manifiesta" formuló el ex general Guillermo Suarez Mason.

La decisión fue adoptada por la Sala Primera de la Cámara Federal integrada por Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani. El ex titular del disuelto Primer Cuerpo de Ejército, a quien Bagnasco proceso con prisión preventiva, que cumple bajo el régimen de arresto domiciliario, recusó al magistrado por presunta "enemistad manifesta" en su contra.

De acuerdo con los planteos de la defensa del ex militar el juez incurrió en causales legales de recusación a raíz de las declaraciones que efectuó a un diario de ésta capital y en las cuales había comparado al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas con el Tribunal de disciplina de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

La cuestión se enmarca en el reclamo de competencia que el tribunal militar formuló para continuar con las investigaciones que lleva adelante el juez Bagnasco, favorecidos por una resolución que en ese sentido adoptó la Sala Cuarta de la Cámara Nacional de Casación.Según se señaló, la defensa de Suarez Mason creyó ver en las declaraciones del juez animosidad en su contra, lo que fue refutado por Bagnasco en su informe al planteo de recusación que analizó el tribunal de alzada.

Los camaristas conideraron que las explicaciones brindadas por Bagnasco eliminaron toda sospecha de parcialidad. y que tampoco hubo adelanto de opinión por parte del Juez. "En el caso -señalaron- no existen suficientes elementos que constituyan razones legítimas para sustentar temor de parcialidad frente al caso concreto, y menos para afirmar la existencia de prejuzgamiento o de enemistad manifiesta de parte del magistrado".Asimismo, señalaron que los dichos contenidos en la nota periodística en cuestión "carecen de la trascendencia que se les asignan".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486