01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Dr. Marcelo Salvador Garavaglia

Sobre CASSABA.
Sra.Directora:
Le escribo la presente adhiriéndome a las opiniones de los colegas abogados que han plasmado concreta y correctamente el problema Constitucional que se suscita en torno a CASSABA. Hoy día pareciera que lo incorrecto, lo antiético, lo inmoral y ahora lo inconstitucional pasaron a ser parte del quehacer normal diario de nuestro país. La única diferencia es que quiénes somos abogados tenemos un deber que emana del propio juramento profesional. La defensa de los valores constitucionales no debería ser la excepción sino que es una obligación para todos quienes ejercemos la abogacía. Estamos acostumbrados al silencio, a no participar, a no involucrarnos, por eso una Legislatura como la de la Ciudad de Buenos Aires (con todos los vicios heredados del ex-Consejo Deliberante) se atribuye funciones que no le competen y dicta normas como la Ley 1181 L.C.A.B.A. de alcance Federal, lo cual deviene en insólito, irrisorio y evidentemente inconstitucional.
No debemos olvidar que las distintas normativas locales (incluídas las Constituciones locales) deben adecuarse a la Constitución Nacional. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, hay que remarcar que su normativa emana de un Estatuto Fundacional, lo cual algunos constitucionalistas no llegan a consdierar como una Constitución. Más aún habría que aclarar a los lectores que la Ciudad de Bs.As. no es una Provincia, -sino una Ciudad con un status especial, producto de una necesidad política más que jurídica o funcional-, que no tiene Gobernador -sino un Jefe de Gobierno-, que no tiene policía propia (y por ello pretende crear un cuerpo de "vigilantes" civiles y exponerlos negligentemente a situaciones de riesgo criminal cierto) , que tiene una jurisdicción limitada y casi nula en ciertos temas ambientales como el problema del Riachuelo, y por si fuera poco que sigue siendo la Capital Federal de la República.
Asimismo no debemos olvidar que coloquialmente se denomina diputados a los que en realidad son "legisladores" de la Ciudad de Buenos Aires. Será quizás esta confusión colectiva o inadecuada forma de llamar a las cosas lo que les permite impunemente a los "legisladores" de la Ciudad de Buenos Aires dictar normas de alcance Federal ? De la misma manera ocurren otras cosas graves en la Ciudad de Buenos Aires como el hecho del funcionamiento del ya no tan nuevo "Poder Judicial de la Ciudad", de la forma de los nombramientos (irregulares, con concursos con récords mundiales de impugnación) en dicho Poder y de la falta de independencia de los Jueces y Camaristas de los dos Fueros que actualmente funcionan (la cual se encuentra consagrada en el mismo Estatuto Fundacional de la Ciudad de Bs.As. que permite que dichos funcionarios formen parte del organismo político -léase Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Bs.As.- encargado de la Superintendencia y designación de los futuros Jueces y Funcionarios Judiciales.
Sin dudas que hay varias cosas para resolver dentro del ámbito judicial al cual pertenecemos los abogados. Lo que no podemos hacer es quedarnos callados y no hacer nada.


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