20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Ordenan inscribir a hijo de desaparecidos con su nombre biológico

DiarioJudicial.com publica hoy el fallo de la Cámara Criminal y Correccional Federal por el cual se ordenó que un hijo de desaparecidos sea anotado en los registros con su nombre biológico. De esta forma se revocó la sentencia de primera instancia que había denegado tal pedido. FALLO COMPLETO

 
La medida fue tomada por la Sala II a raíz del recurso de queja presentado por la querella contra la sentencia de primera instancia, dictada por el juez Rodolfo Canicoba Corral, que había rechazado el pedido a raíz de que el procesamiento del presunto apropiador, el ex policía Luis Antonio Falco, había sido apelado y aún no está firme.

Canicoba consideró en su momento que los recursos contra el procesamiento impedían acceder al planteo que Mariano Falco fuera anotado con su nombre biológico, Juan Cabandié. Según constancias de la causa, el joven fue entregado en 1978 a Falco y su entonces cónyuge Teresa Perrone.

No obstante, los vocales de la Cámara, entendieron que la correcta inscripción ante el registro respectivo de quien en estas actuaciones aparecía como víctima, era “una cuestión bien diferenciable de los delitos que se investigan” en la causa principal y por los cuales se dictara el procesamiento de Luis Antonio Falco. Así establecieron, que mal puede supeditarse el cumplimiento de aquella inscripción a los recursos que éste último interponga contra su procesamiento.

Además, tuvieron en cuenta el estudio de histocompatibilidad del cual surgía acreditado el vínculo biológico existente entre los reclamantes y quien fuera inscripto como Mariano Falco, cuestión que además no fue controvertida en la causa principal y que el propio Juez a quo tenía como probada.

Con ese solo alcance resolvieron hacer lugar al recurso y disponer que el juez de grado arbitrara los medios necesarios para que se llevara a cabo la correcta inscripción ante el registro respectivo de quien en autos aparecía como víctima de los delitos de supresión del estado civil en la inteligencia de entender que “lo contrario implicaría un cercenamiento de los derechos de quien en estas actuaciones aparece bregando por su verdadera identidad”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486