21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Manuel Muñoz A.

Acerca de la noticia Introducción al análisis de las instituciones laborales y su eficiencia económicaEl tema está tratado con claridad y excelencia académica. Felicito por ello a la autora. Sin embargo, a mi modesto entender, no puede dejar de sumarse a la gran presión por la flexibilidad laboral. Ello es una fórmula de conciliar el derecho individual del trabajo con las siempre presentes pretenciones del empresariado de aumentar sus utilidades a costa de los trabajadores. La vinculación del derecho del trabajo en este sentido, no es un problema de ortodoxia, es un asunto de equilibrio, equidad e igualdad de derechos y oportunidades ante la Ley, Principios Fuandamentales para la sobrevivencia del sistema. Generalmente en estos estudios se olvida que el trabajo es una matera más que económica, de carácter social, en cuanto importa, tanto a los actores directos, empresarios y trabajadores, como a la sociedad toda, considerada globalmente. Esto es del punto de vista de los derechos humanos. Ahora bien, si ello no fuera suficientemente convincente, deberíamos considerar que la mantención de fuerzas sociales dominantes, minoritarias, perod dueñas del poder económico, sin preocupación por la suerte de las mayorías, contribuye activa y entusiastamente a la frustración y desesperación social, lo que importa una solución de conflicto historicamente comprobado, por la vía de la violencia. De tal modo que la mantención del sistema económico no debe cargarse a los trabajadores, sino, a los patronos. En este sentido, la flexibilidad es importante, pero no en el concepto común economicista, su valor está en el concepto humanista de la acepción. Implica, mayores ofertas de trabajo, disminución de las largas jornadas, de la limitación de los turnos y evidentemente mayores y mejores remuneraciones. Algunos países ya lo están considerando de esa forma. Francia ha disminuído drásticamente el día laboral. Chile timidamente. Lo importante a mi modo de ver, es que se flexibilice la empresa en la incorporación paulatina del trabajador a los beneficios que reporta esta actividad. Ello lo requiere la concepción humanista de la actividad productiva; el Derecho Individual del Trabajo: Los Derechos Fundamentales Constitucionalmente reconocidos y la necesidad imperiosa de no encausar la decepción y frustración del sector trabajo, hacia propuestas de solución de conflictos laborales, en el marco de la desigualdad social, la violencia y agresión al trabajador, pues, en el tiempo, la respuesta podría ser de igual naturaleza, y nuestra culpa, no haberlo advertido a tiempo. Atte.


Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486