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Dr. Jorge Gabriel Rizzo
16 de Julio de 2010
Acerca de la noticia
Permiten recuperar depósitos en su moneda de origen
Señora Directora: Estoy francamente indignado con la noticia que comento.En efecto, actualmente SE PUEDE ejecutar la sentencia en una acción de amparo por el "chiquero" financiero, por juego del art. 258 del CPCCN. De allí que el "permiso" de la (K)orte Suprema de Injusticia, sea absurdo, ofensivo lindero más con la vacuidad que con el derecho.También es absurda la "caución real" que aconseja el bajo tribunal, por cuanto ya se viene haciendo y disponiendo en varios fallos de las Cámaras Contenciosas tanto de la Capital como del resto del país.
Esto, sumado a las "repentinas" declaraciones que la ing. María Julia Alzogaray hiciera sobre los sobresueldos, tanto a La Nación como a Clarín y, su "sopresiva" excarcelación con caución "juratoria" (mientras que a los ahorristas la (K)orte recomienda la aplicación de la real por su grado de evidente e inminente "peligrosidad") confirma una vez más (¿y van?) que nos toman por tarados y que, en Argentina, la justicia es joda.
Jorge Rizzo
Tº33 Fº955
dr. jorge gabriel rizzo / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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