Por tratarse del primer caso de esta naturaleza, la medida sienta jurisprudencia en cuanto a la aplicación de la ley 14.346 referida a los "malos tratos y actos de crueldad a los animales", en hechos similares que podrían ocurrir en el futuro.
Quien deberá cumplir con las tareas en un hospital público es Adrián Silvio Pizarro, a quien el juez correccional Eduardo Etcharran benefició con la "probation" mediante la suspensión del juicio a prueba. Ello obedeció a que Pizarro asumió su culpa y reconoció haber golpeado al animal, por lo que el magistrado le ordenó el pago de la indemnización y el periodo de trabajo comunitario.
Los hechos ocurrieron el 17 de noviembre de 1998, en la calle México al 3900, de esta capital, en momentos en que Pizarro cumplía tareas como paseador de perros, en circunstancias en que una mujer se cruzó en su camino con su perro boxer, al que también paseaba y que se había acercado atraído por los otros animales.
Pizarro intentó espantarlo, pero de manera violenta le propinó un certero puntapié en el hígado al animal. La mujer le recriminó duramente la actitud del hombre que provocó los gemidos de dolor del animal.
Los síntomas del perro se agravaron durante la noche y al notar su dueña que orinaba sangre, lo trasladó en forma urgente al veterinario, quien por el estado de gravedad en que se encontraba, debido a las lesiones provocadas por la patada no pudo salvarle al vida.
Ante estas circunstancias la mujer de quien no trascendió su identidad, realizó la correspondiente denuncia policial por lo cual tomó intervención el magistrado Etcharrán, quien después autorizó la probation..
La acción se inició a partir de lo dispuesto por la ley 14.346 de "Malos Tratos y Actos de Crueldad a los animales" la que determina penas que van desde los 15 días a un año de prisión, pero el proceso que no llegó a condena a partir de la suspensión de juicio.