03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

Rechazan un pedido de juicio político contra el juez Rizzo Romano

La Comisión de Disciplina propuso rechazar un pedido de Juicio político del magistrado, quien había sido acusado por malos tratos contra una menor durante un juicio.

 
La Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura propuso al plenario de ese cuerpo rechazar un pedido de juicio político contra el integrante del Tribunal Oral en lo Criminal número 12 Alfredo Rizzo Romano.

Los antecedentes del caso habían sido remitidos por la Cámara Nacional de Casación Penal, ante una denuncia de la defensora oficial Matilde Benzi de Pareja, en relación con los hechos sucedidos durante una audiencia, en la que se ventilaba una causa por el delito de "corrupción calificada", en la cual el imputado "había admitido la autoría de los hechos investigados".

La defensora --quien en su presentación acusó a los tres integrantes del tribunal-- afirmó que durante la audiencia celebrada el 22 de marzo del año pasado, el magistrado cuestionado trató de forma indebida a una menor, víctima de malos tratos, que había sido invitada a los estrados para explicarle, junto a su hermana, los motivos por los cuales no había sido convocada a brindar testimonio.

En esas circunstancias, de acuerdo con las versiones recogidas en la investigación, la menor se habría dirigido de modo impropio hacia el tribunal, por lo que su presidente, Rizzo Romano pidió que la desalojaran de la sala. Posteriormente, la joven habría proferido insultos desde los pasillos hacia el magistrado, quien en esas circunstancias habría recordado la forma en que debía respetarse la investidura.

El dictamen del Consejo concluye que "el trato dispensado" por Rizzo Romano a la joven "y las expresiones utilizadas por el magistrado a fin de preservar el respeto al Tribunal no resultan en modo alguno incompatibles con el ejercicio de la judicatura, ni ponen en evidencia una conducta pasible de sanción disciplinaria".

Sin embargo, el dictamen de Comisión entiende, como un deber, señalar "la obligación que compete a todos los organismos del Estado de guardar la máxima tutela de los derechos de los menores, sobre todo cuando estos han sido victimas de graves delitos".

"El penoso incidente de que dan cuenta estas actuaciones, más allá del cumplimiento formal de las reglas procesales y de la preservación del respeto a la investidura judicial que los magistrados deben asegurar, evidencia que la menor involucrada no percibió como efectivas las garantías, seguridades y protección que le eran debidas por parte del poder estatal".



dju / dju
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