Los fiscales podrán visitar las comisarías en cualquier día y horario, inclusive los fines de semana y feriados.
“Todos los agentes fiscales se encuentran facultados para ingresar a las comisarías, aún cuando no se encuentren en su turno, ni en su circunscripción para -debidamente identificados- proceder a las verificaciones encomendadas, dando noticias en lo inmediato al fiscal en turno” establece el punto quinto de la Resolución Nº 3/05 de la Procuración emitida el pasado 4 de noviembre.
La resolución tiene por objetivo “implementar en lo inmediato, un sistema que contemple el control de los detenidos en las distintas comisarías de la provincia y se sancionó “en virtud de las garantías consagradas por la Constitución Nacional y los Pactos Internacionales a ella incorporados por la vía del art. 75 inc. 22, emergen derechos insoslayables en lo atinente a las personas que se encuentren privadas de su libertad, los que deben ser garantizados indefectiblemente”.
En las comisarías los fiscales podrán consultar los libros o partes de ingreso “con el fin de recabar toda la información relativa a los hechos que dieran motivo de la medida de coerción personal” establece el primer punto de la resolución. Además, constatarán el tiempo que lleva en tal situación el detenido, estado de salud en que se encuentra, juez interviniente y demás circunstancias que hacen a un seguro cumplimiento de las garantías constitucionales involucradas.