De prosperar el proyecto en Chile estará prohibido fumar en edificios del Estado, establecimientos de educación superior y de salud públicos y privados, centros de atención al público, supermercados, centros comerciales, entre otros lugares.
Sobre la posibilidad de fumar en pubs o restaurantes el proyecto propone que los que tengan una superficie mayor a 100 m2 podrán destinar un espacio para los fumadores; pero si el lugar es menor a 100 m2 el dueño podrá optar que el lugar sea para fumadores o no fumadores.
En este aspecto el proyecto tiene semejanzas y diferencias al que el presidente Néstor Kirchner envió al Congreso Nacional el pasado 8 de agosto: prohíbe fumar en lugares de trabajo, lugares públicos cerrados y cualquier medio de transporte de pasajeros.
Otro país en el que ya rige la ley antitabaco es España. Desde el 1 de enero pasado en los restaurantes de menos de 100m2 se podrá fumar pero en áreas habilitadas a tal fin a las que los menores de 16 años no podrán acceder. También se prohibió la venta de paquetes con menos de 20 cigarrillos, la instalación de maquinas expendedoras en la vía pública (deberán estar en el interior de bares y restaurantes). Y en relación a la publicidad estará permitida sólo en eventos tabacaleros y las empresas no podrán auspiciar ninguna clase de espectáculo.
El proyecto que analiza el Congreso chileno también fija que en los paquetes de cigarrillos no podrán tener expresiones como light, suave o bajos en nicotina. La misma obligación está fijada en el proyecto argentino con esas palabras o cualquier otro “que tengan el efecto directo o indirecto, de crear la falsa, equívoca o engañosa impresión de que un determinado producto elaborado con tabaco es menos nocivo que otro o que pueda inducir a error con respecto a sus características, efectos para la salud, riesgos o emisiones”.
Otra coincidencia entre ambos proyectos es la obligación de las empresas tabacaleras en concientizar a la población en el daño que causa el cigarrillo. En Chile deberán publicitar los efectos dañinos derivados del hábito de fumar y en los paquetes deberán constar las sustancias tóxicas y cancerígenas de los cigarrillos y sus cantidades.
En la Argentina, la iniciativa propone que los atados lleven mensajes sanitarios como fumar causa cáncer, fumar causa enfisema pulmonar, fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias, entre otros, que deberán renovarse cada 6 meses. Esos mismos mensajes ocuparan el 20% del espacio de las publicidades que las compañías realicen. Conjuntamente los paquetes de cigarrillos contendrán imágenes con las enfermedades que produce el tabaco. Lo mismo ocurre en otros países como Brasil.
Mientras que el proyecto todavía no se discutió en el Congreso, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ya aprobó su ley antitabaco y más avanzada está Santa Fe donde desde el 10 de enero rige una norma similar.
En Santa Fe está prohibido fumar en edificios públicos y privados como así también la venta de cigarrillos a menores de 18 años y la publicidad de cualquier producto con tabaco. En la Capital Federal no se podrá fumar en lugares con una superficie menor a los 100m2 y en los que tengan una mayor podrán destinar hasta un 30% de la superficie para los fumadores. Tampoco se podrá hacer publicidad de los productos derivados del tabaco en la vía pública. La ley entrará en vigencia en forma escalonada, para paliar los efectos de su aplicación ya que deberán adecuarse muchos locales privados.