El artículo 34 del Reglamento otorga 100 puntos por antecedentes de los cuales 70 se reconocen por “antecedentes profesionales”: 30 puntos por antecedentes en el Poder Judicial o en el Ministerio Público y otros 30 en el ejercicio privado de la profesión o por funciones públicas jurídicas. En el caso de que algún candidato tengo ambos antecedentes, los mismos “se ponderaran de forma integral” sin que la calificación exceda los 30 puntos.
El resto del puntaje se completa con 40 puntos por haber realizado actividades judiciales vinculadas con la especialidad del concurso y otros 30 puntos por antecedentes académicos.
“La objeción que formulo a la distribución actual de puntajes – señala Szmukler en su proyecto - ......se centra en la forma en la que se alcanzan los 30 puntos por antecedentes profesionales”.
El consejero explica que ese puntaje se obtiene por lo que "eufemísticamente se denomina como “trayectoria” y que parte de la presunción de que el mayor tiempo transcurrido en el ejercicio de una actividad –ya sea en el campo del Poder Judicial, Ministerio Público o en el libre ejercicio profesional- convierte al postulante en más idóneo para acceder al cargo al cual aspira y debe por ello hacerlo merecedor de un mejor puntaje al momento de su calificación integral por antecedentes”.
La Ley 24.937 del Consejo de la Magistratura establece que los requisitos para ser juez de primera instancia son tener 28 años y 6 como abogado y para camarista tener 30 años y 8 en la profesión. “La ley fija el recaudo de experiencia profesional previa en 6 u 8 años. Fuera de ello, otorgar mérito al “simple transcurrir” implica una falsa presunción de mayor aptitud” considera Szmukler en su iniciativa.
El objetivo del proyecto es que los jóvenes estén en igualdad de condiciones. Para el consejero el concepto de que la trayectoria da mayor idoneidad, es una “falsa presunción” que “coloca en clara desventaja a quienes, por su juventud, no pueden acreditar largos años de permanencia en las funciones pero sí ostentan buena preparación académica”. “La idoneidad del postulante aparece acreditada, y es su mérito demostrable, en la prueba de oposición que anónimamente rinden los aspirantes a juez”.
La propuesta del consejero es que la antigüedad del candidato sea “un requisito previo, imprescindible para la inscripción al concurso correspondiente” y que los antecedentes sean calificados con 70 puntos y sólo estén conformados por 40 puntos para quienes acrediten el desempeño de funciones judiciales o labores profesionales vinculadas con la especialidad de la vacante a cubrir y los 30 restantes por antecedentes académicos.
La discusión del proyecto estaba prevista para la primera reunión del año de la Comisión de Selección, este martes. Pero su debate se pospuso para dentro de 15 días.