20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Reforma a la Ley de quiebras: avance a medias

La Cámara de Diputados aprobó esta semana y dio media sanción al proyecto que modifica la ley de Concursos y Quiebras. Los diputados votaron la iniciativa original del Poder Ejecutivo (año 2003) para que no pierda estado parlamentario pero no tuvieron en cuenta las modificaciones que traía del Senado.

 
Al inicio de la maratónica sesión que terminó con la sanción de la reforma del Consejo de la Magistratura, la Cámara de Diputados aprobó esta semana y giró al Senado un proyecto que reforma la ley de Concursos y Quiebras, cuyo objetivo principal es que los juicios laborales se resuelvan en el marco de la justicia laboral, eliminando, virtualmente, el fuero de atracción en esos casos.

El proyecto fue aprobado por unanimidad y girado en segunda revisión al Senado: los diputados no hicieron lugar a las modificaciones que en su momento le imprimió el Senado a la iniciativa original. De esta manera, lo que quedó aprobado es el proyecto del Poder Ejecutivo, que data de 2003.

Según fuentes parlamentarias consultadas por este medio, lo que se hizo en Diputados esta semana fue aprobar el proyecto “para que no pierda estado parlamentario” y girarlo a la cámara baja, que deberá volver a discutirlo. No obstante, según las mismas fuentes, en el Senado no habría intención de avanzar tan rápido con el tema.

De cualquier manera, lo que plantea básicamente la reforma, y fue reclamado por el fuero Comercial a los cuatro vientos, es traspasar una gran cantidad de causas de ese fuero al laboral (como sucedía antes de la reforma de 1995), lo que, garantizará y dinamizará el proceso concursal.

Además, se incorporaría la posibilidad de que el juez ordene de oficio el pago de los créditos laborales de pronto pago que se encuentren en condiciones de ser abonados, previa vista obligatoria al síndico en la sentencia de apertura del concurso.

En diez días, el síndico debería hacer un estudio de esos créditos laborales que han sido denunciados y, si cumplen con el requisito de pronto pago, directamente se va a ordenar el pago de ese crédito.

Otro punto importante del proyecto original es la asignación de un porcentaje de los ingresos brutos de la concursada para atender a los créditos laborales preconcursales. A partir de la apertura del proceso concursal, la concursada va a tener que pagar con normalidad a sus proveedores, a sus trabajadores, hacer frente a sus obligaciones fiscales, y deberá destinar el 1% de su ingreso bruto para hacer efectivos los créditos laborales atendiendo la naturaleza alimentaria de esos procesos, cuando no hay posibilidad de pagar todo junto.

Estos aspectos no estaban contemplados en el texto que aprobó el Senado a fines de 2004. Para insistir con las reformas, los senadores deberían lograr los dos tercios de los presentes, tal como se consiguió en Diputados esta semana.



dju / dju
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