20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La cámara que oculta la verdad

La Cámara Penal de Tucumán absolvió a dos mujeres acusadas de promover la prostitución de menores en una causa que tomó estado público por un trabajo que realizó en 2003 el programa Zona de Investigación y en el que utilizó cámaras ocultas. El tribunal afirmó que las imágenes obtenidas se manipularon de una manera escasamente compatible con la buena fe y que son de escasa o nula seriedad. La Fiscal de Cámara señaló que se quiso producir un impacto con finalidades comerciales armando una mala creación del periodismo. FALLO COMPLETO

 
Los jueces de la Sala V de la Cámara Penal de San Miguel de Tucumán, Alfredo Barrionuevo, Emilio Páez de la Torre y Julio Silva, criticaron duramente el uso de cámaras ocultas que el programa de Canal 9 “Zona de Investigación” utilizó en 2003 para investigar una denuncia por prostitución de menores y en el que finalmente los jueces absolvieron a las dos mujeres acusadas.

“Las filmaciones obtenidas, su manipulación, y los métodos empleados por los supuestos y anónimos periodistas para obtenerlas, no pueden eximirse de la calificación que acertadamente les asigna el Ministerio Público: mala creación del periodismo, llevada a cabo con una intención de impacto y un propósito comercial”, afirmaron los jueces.

La causa se inició a partir de un llamado anónimo que recibió la “Fundación Adoptar” en el cual se denunciaba a dos mujeres, una de ellas stripper, que supuestamente inducían a dos menores de 10 años a prostituirse. La causa fue elevada a juicio oral pero la Cámara Penal absolvió a las dos mujeres al entender que los únicos elementos que las incriminaban son testimonios a los que los jueces calificaron de un “contenido acusatorio ínfimo”.

Pero al mismo tiempo que se desarrollaba la investigación judicial, el programa “Zona de Investigación” realizó un trabajo periodístico utilizando cámaras ocultas y que emitió en sus emisiones del 29 de octubre y del 5 de noviembre del 2003 por Canal 9. La investigación periodística (“si es que se la puede llamar así”, dijeron los jueces) muestra, según narra la sentencia del pasado 10 de abril, imágenes de supuestos búrdeles y entrevistas a prostitutas que hablan sobre su trabajo. La emisión de los programas hizo que la causa tomara estado público.

En el análisis que los jueces hicieron de los cassettes afirmaron que “las imágenes no se corresponden con su secuencia temporal, ni con los tiempos reales, tampoco hay identificación de las personas clandestinamente entrevistadas, y mucho menos aún de los entrevistadores” y agregaron que a través de la edición “se avanza y retrocede en el tiempo y en los lugares, se introducen imágenes de dudosa relación con los hechos, se seleccionan y parcializan las respuestas, y en especial, se mezcla y se confunde eficazmente ese material”, todo acompañado “en numerosos pasajes por un patético trasfondo musical”.

Canal 9 contestó que no tienen “registros de datos personales sobre los testimonios recogidos y proyectados en el programa porque jamás fueron ni son requeridos...por resultar innecesarios como dato informativo y de interés periodístico”.

Loa jueces entendieron que las imágenes fueron manipuladas “de una manera escasamente compatible con la buena fe” y que son de “escasa o nula seriedad”. Inclusive señalaron que el Canal pudo cometer delito.

En una de las cámaras ocultas se entrevista a una joven, que dice ser menor, donde habla sobre prostitución, tarifas, servicios, etc. “Sobre este punto tal vez sea del caso observar que: no hay certeza alguna de que la entrevistada sea efectivamente una menor, y - si lo fuera - el entrevistador que a sabiendas está con ella en calidad de cliente (ejerciendo o no esa calidad) podría estar cometiendo un delito”, afirmaron los camaristas.

Pero los jueces no fueron los únicos que tuvieron conceptos duros contra la cámara oculta. La Fiscal de Cámara, en su solicitud de absolución de los acusados, dijo que el programa realizó “una especie de investigación paralela sin control de ninguna clase y sin observar los mínimos recaudos que confieran certeza al material obtenido”, narraron los jueces que explicaron que para la fiscal “resulta manifiesta la intención de provocar un impacto con finalidades obviamente comerciales, armando lo que califica como una mala creación del periodismo”.



dju / dju
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