En una decisión con pocos antecedentes -en los últimos años no hubo ningún caso en la justicia provincial-, el tribunal ordenó que la pena impuesta sea de cumplimiento efectivo. El Código Penal contempla que las condenas de hasta tres años pueden ser condicionales. “Si bien la falta de condenas anteriores permitiría ese beneficio, considero que la posición expectable desde que se cometió el delito y el consecuente escándalo, impiden concederlo”, sostuvo el presidente de la Cámara Criminal Segunda, Emilio Castro. Los vocales Antonino Gagliano y Federico Gigena Basombrío, adhirieron con su voto.
Entre los atenuantes los jueces consideraron la falta de antecedentes penales del imputado y como agravantes el cargo jerárquico que ocupaba, al ser de “mayor importancia, mayor es la defraudación moral” -sostuvieron-, y la grave situación económica por la que atravesaba la empresa.
Se le imputó el delito de peculado, porque realizó extracciones de dinero por 36.000 pesos para gastos y pago de servicios, que sólo pudo justificar en un mínimo porcentaje. Además, se comprobó que algunas de las facturas que presentó para respaldar los anticipos eran falsas.D’Alessandro fue colaborador del gobernador Jorge Sobisch durante la anterior gestión provincial.
En el juicio, D’Alessandro se defendió al considerarse una victima de la lucha interna entre dos facciones del Movimiento Popular Neuquino. Su defensor, Víctor Ortiz, adelantó que apelarán el fallo y reiteró que todo el proceso estuvo impregnado de intereses políticos.
D’Alesandro es el segundo ex colaborador de Sobisch que resulta condenado por la justicia, por actividades directamente relacionadas con la funciones públicas que le tocó asumir. El año pasado otro fallo adverso recayó en el ex presidente del Banco de la Provincia del Neuquén, Carlos Chiáppori, pero la condena de prisión fue de cumplimiento suspensivo.
Este juicio por peculado se desprendió de una causa mayor, relacionada con la empresa TAN, iniciada por el polémico proceso que terminó con la privatización de la firma. A D’Alessandro se lo acusó por 21 retiros de dinero, solicitados legítimamente desde su condición de presidente, pero que se transformaron en sustracciones porque luego no los respaldó con los comprobantes. “Eludió la rendición consciente y voluntariamente; esto es, actuó dolosamente”, concluyó el tribunal.
“Lo decisivo -en la acusación- son las facturas falsas; es un hecho incontrovertible: la simple torpeza no explica que para compensarla presente documentación falsa. Sí, en cambio, la conciencia de que las sumas no pueden rendirse, o no con comprobantes lícitos”, sostuvo el tribunal.
“Este hecho resuelve toda duda en la acusación: la suma fue sustraída por el imputado durante su gestión como director y presidente de TAN”, señalaron los jueces.
La investigación a D’Alessandro sobre la sustracción de dinero a través de anticipos no rendidos se puso en marcha después de que el contador de TAN, denunciara la irregularidad ante los órganos de contralor. Los síndicos solicitaron al gobernador Sobisch una auditoría externa que terminó de demostrar esas irregularidades y dieron paso a la acción penal.