20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

"Cada vez que alojamos a alguien con prisión preventiva estamos imponiéndole una pena anticipada a un inocente"

Stella Maris Martinez
Defensora General de la Nación

 
Stella Maris Martínez fue designada el 7 de julio como Defensora General de la Nación, luego de ocupar el cargo de manera interina durante 13 meses y de superar un extenso proceso de selección en el que acumuló una amplia cantidad de adhesiones del ámbito académico y judicial. Ingresó en la Justicia en 1975, ocupando el cargo de secretario de instrucción para luego pasar a formar parte del Ministerio Público de la Defensa: fue defensora de pobres y ausentes del Fuero Criminal y Correccional, de cámara ante los Tribunales Orales de la Capital Federal y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En esta entrevista la Defensora General abordó diversos temas de la problemática que afronta en la conducción del Ministerio Público de la Defensa, resaltando el rol fundamental de la defensa pública en la protección de los derechos constitucionales.
La autarquía financiera y la autonomía funcional del Ministerio Público, la situación carcelaria, y la aplicación de la Mediación Penal, son algunos de los tópicos que transita la entrevista.

Después de trece meses en el cargo como sustituta, finalmente fue designada oficialmente, ¿cuáles son para usted las dos o tres problemáticas más importantes que tiene la defensa pública y sobre las que va a trabajar más fuerte?

En primer lugar, voy a continuar el proceso destinado a ordenar administrativamente la institución. Esta es una institución muy nueva, que si bien existía formando parte primero del Poder Judicial y luego del Ministerio Público Fiscal, en forma independiente funciona a partir de marzo de 1998. En realidad desde 1994 ya tiene independencia, pero digamos que la estructura definitiva surge en marzo del 1998 con la ley orgánica. Sin embargo, hay un grave déficit administrativo. Hay grandes discrepancias entre las plantas de las defensorías federales del interior del país. No coincide estadísticamente el mayor volumen de trabajo con la mayor dotación de personal. Solucionar el tema importa un trabajo muy grande por que no se pueden vulnerar derechos laborales es decir, no se pueden trasladar empleados o funcionarios de una jurisdicción a otra. Por otro lado es muy importante instalar en el imaginario colectivo la función del Ministerio Público de la Defensa. Todo el mundo sabe que existe el Ministerio Público Fiscal; en cambio pocos conocen que existe otro Ministerio Público, pese a que en este tema nuestro país es un modelo a imitar. Hay muy pocos países que tienen este esquema, consagrado constitucionalmente y con las facultades garantizadoras que ello implica. Entonces, es necesario darlo a conocer para que la gente sepa que existimos como recurso y para que entienda nuestro cometido; esto evitará episodios desagradables como aquellos que se producen cuando, por ejemplo, un defensor oficial debe defender una causa que ningún defensor particular quiere asumir en razón de la gravedad de las conductas imputadas y el magistrado de la Defensa Pública resulta objeto de cuestionamientos o de repudio público por cierta parte de la sociedad por ejercer debidamente su ministerio. Esta injusticia se va a superar en la medida en que todo el mundo sepa que existe el Ministerio Público de la Defensa con un triple rol: defender a las personas que son acusadas de delitos y no cuentan con defensa particular, proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes y de las personas incapaces por motivos psíquicos y garantizar el acceso a la justicia de las personas de menores recursos.

¿Cree que para modificar estas cuestiones que plantea habría que reformar la ley del Ministerio Público?

No, la ley es excelente. Podría haber algunas reformas puntuales pero la solución no pasa por una reforma legal. Lo que hay que hacer es difundir nuestra labor. Lo que se necesita es más presencia institucional. Además, otro de mis objetivos es que empecemos a ejercer la función de control derivada de nuestra naturaleza de Ministerio Público. A diferencia de un abogado particular, los defensores oficiales también tenemos una función de control del ejercicio del poder, por parte de los otros poderes del Estado, del Poder Judicial, de la Fiscalía; tenemos, por ejemplo, una función de supervisión de las cárceles y de los centros de internación de niños, niñas y adolescentes.

Hizo referencia a la reforma del 94 que le dio rango constitucional al Ministerio Público. Esa misma norma establece la posibilidad de la autarquía financiera y la autonomía funcional.¿Considera que estos postulados se ven plasmados en la realidad?

El problema es que, a diferencia del Poder Judicial, no tenemos recursos propios. Ustedes saben que el Poder Judicial recibe una parte de la coparticipación federal. Nosotros dependemos de que nuestro presupuesto sea aprobado, se nos remitan puntualmente las partidas respectivas, se acepten pedidos de incremento cuando resulten necesarios. Tenemos el manejo del dinero que nos asignan, para administrarlo la institución tiene absoluta libertad, pero el esquema de financiamiento institucional estaría mucho más conforme a la manda constitucional si contáramos con recursos propios. Si bien en un momento existió la voluntad política, la cuestión es que, si bien el Poder Judicial no se opone a que nos den una parte proporcional del presupuesto, exige que esa parte proporcional no implique una merma para ellos. El Ministerio de Economía y el poder político dicen no hay problema, se los damos pero disminuyendo lo que tiene asignado el Poder Judicial.
La última vez, hace cosa de dos o tres años, cuando ya casi estaba aprobado que nos iban a permitir un manejo financiero y presupuestario exactamente igual al que tiene el Poder Judicial, hubo un lobby muy importante y todo volvió para atrás. Pero, de cualquier manera, la institución es autárquica y autónoma. En realidad, tenemos amplia posibilidad de administración dentro de la limitación en cuanto a los montos. Nosotros tenemos un grave déficit porque gastamos mucho en personal, y esto es inevitable. Existen graves problemas de infraestructura. Nos faltan edificios y, los existentes, necesitan urgentes refacciones. Muchos miembros del Ministerio Publico de la Defensa tienen sus oficinas en ámbitos del Poder Judicial. Cuando el Poder Judicial crece nos desaloja y nosotros no tenemos disponibilidad económica equivalente como para reubicarnos en un lugar digno.

Son cerca de doscientos los defensores oficiales en todo el país.

Un poquito más.

¿Cuál sería el número ideal para trabajar hoy?

Lo ideal es que por cada fiscal haya un defensor; esta es la cifra ideal. Estamos muy mal en la Capital Federal. En el fuero federal hay cuatro defensores – tres de primera instancia y uno de primera y segunda – contra doce fiscales y doce jueces; que los fiscales en realidad son 24, por que hay fiscal y fiscal adjunto. Esta diferencia vulnera la igualdad de armas. Hay seis Tribunales Orales, seis fiscales orales y tres defensores, un titular y dos adjuntos. Cuando ingresen las causas vinculadas con toda la temática de la represión ilegal , esta disparidad va a generar problemas. Nosotros absorbemos entre el 50 y el 80 por ciento de todos estos casos, a lo que se suma que van a resultar juicios larguísimos con dedicación exclusiva de un importante número de defensores por mucho tiempo. Veamos un ejemplo: en este momento todos los defensores oficiales de San Martín, los cuatro de Tribunal Oral, más el defensor de Cámara, están afectados a la causa de Blumberg. Otro tema crítico son tanto los defensores públicos de menores e incapaces: son 7 y hay 24 Juzgados de Familia como los defensores que patrocinan en juicios laborales, civiles, comerciales y previsionales a las personas carentes de recursos, que son sólo cuatro.

Otro problema es la sobrecarga de trabajo en las provincias del norte

Allí tenemos un colapso que está directamente vinculado a que se trata de una zona de frontera caliente por la droga. Básicamente en Salta y Jujuy hay una sobrecarga de tareas muy importante. Ahí, sí necesitaríamos un refuerzo de planta. Se creó el Juzgado Federal de Orán y aumentó muchísimo la cantidad de detenidos y de causas. Es un lugar donde realmente la defensa tiene mucho más trabajo que en el resto del país.

El 14 de julio participó del día del Servicio Penitenciario Federal y el ministro de Justicia Iribarne señaló que una de las políticas centrales del Gobierno es lograr la efectiva promoción y protección de los derechos humanos en las cárceles. ¿Cree que eso se está cumpliendo?

En primer lugar tenemos que tener en cuenta que las cárceles vienen de años de abandono. La gestión de Iribarne y del subsecretario de Políticas Penitenciarias, Federico Ramos, está empezando a hacer cosas seriamente. En el ámbito de la Defensoría General de la Nación existe una Comisión de Cárceles. Falta mucho por hacer y hay que tener en cuenta que los cambios no se pueden hacer de un día para el otro. El tema carcelario reconoce varias vertientes; por un lado no nos olvidemos que debido a una política de ley y orden se dictaron leyes que hicieron absolutamente rigurosas las posibilidades de excarcelación. En este momento no podemos decir que las cárceles están bien. Tenemos ejemplos muy graves. La Penitenciaría de Mendoza constituye un problema muy serio. Pero, como bien dijo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuando el Estado pone a una persona en una cárcel, asume el deber de garante a su respecto toda vez que ese individuo fue colocado en un lugar particularmente peligroso. La comunidad tiene que tomar conciencia que la cárcel no es una solución utilizada abusivamente, que las personas que están en la cárcel son seres humanos, y que el Estado se ha comprometido a respetar su dignidad humana. Para que la cárcel sirva para algo hay que apostar a medidas que no sean el mero encierro. Hay que apostar a la posibilidad de incrementar todo lo que es opción laboral, reforzar el área educativa.

¿Qué reforma cree que debería aplicarse en el ámbito de la prisión preventiva?

Hay que establecer una reforma procesal que refuerze la línea acusatoria que se implementó cuando se establecieron los Tribunales Orales, pero que se quedó por la mitad. Lo que necesitamos es un proceso mucho más ágil. Primero, no abusar de la prisión preventiva, limitarla a casos excepcionales en los cuales el juez pueda demostrar fundadamente que la libertad del imputado frustrará la acción de la justicia y además ser muy rígido con los tiempos. Las prisiones deben ser para alojar condenados. Cada vez que alojamos a alguien con prisión preventiva en una cárcel estamos imponiéndole una pena anticipada a un inocente.

Por el tema cárceles, ¿tienen pensado presentar alguna acción judicial en un Tribunal Internacional?

No hay que tomar la concurrencia a los tribunales internacionales como una solución sencilla. El Tribunal Internacional no funciona como un tribunal nacional. Es un proceso que tiene elementos jurídicos, pero también políticos; son trámites muy largos y en realidad ya sabemos lo que puede llegar a decir. Por ejemplo: fíjense que el caso de Mendoza ya está presentado; hay medidas cautelares dictadas pero su efecto es bastante relativo. Yo creo que primero hay que buscar agotar las soluciones internas. Si yo veo que internamente – aunque sea despacito – estamos cambiando, me parece que hay que apostar a buscar las soluciones aquí. Si en determinado momento, en un caso particular o por una problemática específica nosotros advirtiéramos que es necesario acudir ante la Comisión Interamericana, no lo dudaríamos, como ya ocurrió en el caso de las perpetuas a menores de edad. O, por supuesto que si hay una vulneración de los derechos humanos, no recibo respuesta y visualizo que la única solución es una medida cautelar, no vamos a dudar. De hecho, los defensores de la Comisión de Cárceles cuando no encuentran respuesta en el Ministerio, o no la encuentran lo suficientemente rápido, presentan hábeas corpus.

Como usted sabe en la actualidad existen algunos proyectos que impulsan, la creación de un modelo mixto de defensa pública, integrado por defensores públicos y privados, al estilo del que se utiliza en el sistema judicial chileno ¿Cuál es su postura en este sentido?

El modelo chileno es mixto, tiene defensores de planta y tiene otro gran grupo de defensores licitados. Yo, lo único que desearía es que expertos neutrales en derecho comprobaran cómo funciona el modelo argentino y cómo funciona el modelo chileno de los defensores licitados en cuanto a la calidad de la defensa que se brinda. El sistema chileno no es mejor que el nuestro y no es más barato. Ellos utilizan un parámetro de control de calidad que tiene que ver básicamente con la cantidad de casos resueltos, sin ponderar adecuadamente si la solución a la que se arribó es realmente la más justa. La Defensoría de Chile tiene muchas menos causas que nosotros, porque sólo defienden causas penales y tiene el doble de mi presupuesto. Con un presupuesto semejante nosotros robusteceríamos todas las plantas – que es lo lógico – y entonces funcionaríamos ya a nivel óptimo. Los defensores en Argentina tenemos un modelo ejemplar. Pero no es que lo diga yo, lo dicen los jueces,si a mí alguna vez me acusan de algo voy a nombrar un defensor oficial. Lo que sí tiene de muy bueno el sistema chileno es la parte organizativa. Pero el nivel de eficiencia en el ejercicio de la defensa en el caso concreto que nosotros vimos deja bastante que desear. No en los defensores de planta, que son tan buenos como nosotros, sino en el caso de los licitados. Es un sistema que no me convence en absoluto. Creo que el nuestro es mejor, y además nosotros tenemos una larga tradición en defensa pública; el modelo chileno tiene una antigüedad de cinco años. La República Argentina tiene un sistema que funciona bien., ¿Por qué cambiarlo? ¿Sabe que tiene el modelo chileno que nos falta a nosotros?, Muy buena prensa. Esa es la gran diferencia a su favor.

¿Cuál es su postura en cuanto a la Mediación Penal? ¿En que circunstancias considera que debería implementarse?

Estoy totalmente de acuerdo con la Mediación Penal. Creo que sería bueno que empezáramos – que es lo que quiere hacer el defensor ante el Tribunal Superior de Entre Ríos – tomando un modelo de Mediación Penal Juvenil. En este sentido se está trabajando muy bien en Cataluña, desde donde nos han ofrecido colaboración para trabajar está problemática. Se podría empezar con un proyecto piloto en el caso de adultos, pero para avanzar es necesario modificar la legislación. Otra reforma que tampoco prosperó - y para mí es muy importante - es la posibilidad de que los fiscales utilicen el principio de oportunidad. ¿Por qué? Porque de lo contrario la Mediación Penal no es ni más ni menos que una suspensión del juicio a prueba relativamente modificada, pero si no tenemos un instrumento que permita que una vez que se medió, haya un efecto concreto ¿quién va a someter a mediación a su defendido si corre el riesgo de que cumpla todas las pautas establecidas en la mediación y después, por una serie de factores, lo lleven a juicio igual?

Además no se alcanzaría el objetivo de resolver el conflicto

Exacto. Pero para implementar está política es necesaria un reforma procesal. Sí se puede intentar en menores de edad, porque en este caso, con la ley vigente – Ley 22.278 – se la puede implementar como parte del tratamiento y, si el resultado es positivo, absolverlo. En mayores me parece que podemos empezar con un proyecto piloto. Hay un grupo que está trabajando en un proyecto piloto en el Ministerio de Justicia, moviéndose dentro del ámbito de la suspensión del juicio a prueba, pero sería muy positivo que hubiera una reforma legislativa puntual, y empezar de a poco, para llevar a mediación a un gran número de causas pequeñas, cuyo modo actual de resolución no le brinda ninguna satisfacción a la víctima y que lo único que logran es embotellar el sistema en juzgados y tribunales y restar tiempo útil de los operadores del sistema de administración de justicia para abocarse a la resolución de aquellas causas que realmente resienten las bases de la convivencia en la sociedad.

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